La Agencia Tributaria ha considerado «especialmente importante» mantener los plazos de la campaña en las circunstancias actuales derivadas de la crisis sanitaria de la COVID-19 para que cuanto antes los contribuyentes puedan recibir sus devoluciones pronto, ya que este mismo viernes, 3 de abril, los contribuyentes comenzarán a recibir sus devoluciones en los caos que corresponda.
En este sentido, cerca del 70 % de las declaraciones salen a devolver, y las que salen a ingresar solo se empiezan a pagar a final de Campaña, en el mes de junio. Además, cerca del 88 % de las declaraciones se confeccionan por Internet, recuerdan desde Hacienda.
Desde el pasado lunes los contribuyentes pueden suscribirse a la app de la Agencia Tributaria y acceder a sus datos fiscales en la página web de la AEAT a través del sistema REN0, el certificado o la Cl@ve PIN, así como en la aplicación. Además, los contribuyentes pueden solicitar el número de referencia desde el pasado 6 de marzo por las mismas vías.
Ya este miércoles los usuarios podrán gestionar sus declaraciones por Internet, a través del servicio de tramitación Renta Web, y de la app.
No obstante, el plazo para solicitar cita previa en el Plan 'Le Llamamos', por el que la AEAT llama al contribuyente previa solicitud, se aplaza y se podrá solicitar del 5 de mayo al 29 de junio, por Internet, por la app, o por teléfono automático (901 12 12 24 o 91 535 73 26), en el que también se podrán anular las citas de campaña de Renta, así como por teléfono con atención personal (901 22 33 44 o 91 553 00 71). Las declaraciones vía telefónica se empezarán a efectuar desde el 7 de mayo.
Igualmente, desde el 5 de mayo existirá la posibilidad de solicitar cita previa para la confección de declaraciones de renta de forma presencial en las oficinas de la AEAT y otras entidades colaboradoras, a realizar desde el 13 de mayo hasta el 29 de junio.
En los casos de declaraciones con resultado a ingresar con domiciliación en cuenta la campaña concluirá con anterioridad, el 25 de junio. No obstante, si se opta por domiciliar únicamente el segundo plazo del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, la misma podrá realizarse hasta el 30 de junio.
El 29 de junio será el último día para solicitar cita previa para atención telefónica o en oficinas y un día más tarde, el 30 de junio, finalizará el plazo para presentar las declaraciones, concluyendo así la Campaña de Renta y de Patrimonio 2019.
Además, los contribuyentes podrán fraccionar, sin interés ni recargo alguno, el importe de la deuda tributaria resultante de su declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en dos partes: la primera, del 60% de su importe, en el momento de presentar la declaración, y la segunda, del 40% restante, hasta el 5 de noviembre de 2020, inclusive.
En total, la Agencia espera que la campaña de este año cuente con 21,03 millones de declaraciones, lo que supone un aumento del 1,6% (335.000 más), de los que 17,54 millones serán individuales (+3,2%) y 3,49 millones conjuntas (-5,6%).
De las más de 20 millones de declaraciones, 14,56 millones darán derecho a devolución, un 0,5% más, por un importe de 10.686 millones de euros, un 1,5% menos, mientras que 5,51 millones saldrán con resultado a ingresar, un 3,1% más, por importe de 12.798 millones, un 6,7% más.
La Agencia estima unas 950.000 declaraciones negativas y otras, lo que supone un incremento del 11,1% respecto al año anterior. De esta forma, se registrará un resultado neto positivo de 2.113 millones de euros, frente a los 1.152 millones de la campaña previa.
Igualmente, la AEAT prevé ampliar el control sobre determinados ámbitos, pasando de 700.000 a 1,5 millones los avisos por viviendas en alquiler y de 2,17 millones a 2,32 millones los avisos por cuentas en el exterior.
Asimismo, prevé triplicar los mensajes a contribuyentes con operaciones con criptomonedas, pasando de los 14.700 avisos del año pasado a unos 66.000 este año.
Entre las novedades y mejoras de la campaña de este año se encuentran las mejoras en la aplicación móvil de la Agencia para seguir reforzando su accesibilidad, usabilidad y experiencia de usuario.
También en esta campaña se simplifica el sistema de identificación, de manera que mediante un nuevo sistema se guiará al contribuyente, según sus preferencias y necesidades.
En el momento de acceso a los distintos servicios de la campaña de la renta, se va a solicitar a los contribuyentes la ratificación (o modificación) de su domicilio fiscal actual, evitando dudas que surgían anteriormente. En los casos en que resulte necesaria una modificación, el sistema permitirá un acceso directo a las características del inmueble en la página web del Catastro, frente al acceso genérico a la página que existía hasta ahora.
En cuanto a la app, además de presentar la declaración, permite modificar la asignación tributaria y el código IBAN, consultar los datos fiscales de campañas anteriores o anular una cita previamente concertada. Entre las mejoras incorporadas se encuentra una renovación de la interfaz gráfica en prácticamente todas las pantallas, caso de las referidas a la tramitación del borrador, los datos fiscales o los avisos personales y de novedades.
Por otra parte, la renta 2019 contará con algunas mejoras en la usabilidad de Renta Web, como el establecimiento de un sistema de captura de datos de inmuebles más fácil e intuitivo, de manera que solo se mostrarán las casillas específicas de cada caso, en función del uso que en cada momento se haya dado a cada inmueble.
Además, para el caso de arrendadores, se solicita un mayor desglose de gastos y se les ofrece la posibilidad de identificar voluntariamente el NIF del proveedor de cada bien o servicio que ha generado el gasto, lo que permite agilizar, en su caso, la tramitación de la devolución.
En la campaña se mantiene la obligación de declarar el Impuesto sobre Patrimonio para los contribuyentes con cuota a ingresar (tras aplicar las correspondientes deducciones y bonificaciones) y también para aquellos sin cuota a ingresar, pero que cuenten con bienes y derechos con un valor superior a los dos millones de euros. La declaración se presenta por vía electrónica a través de Internet.
Por norma estatal, el mínimo exento se sitúa en los 700.000 euros y la vivienda habitual está exenta también hasta los 300.000 euros, aunque ambos límites pueden variar, según las CCAA. Todos los contribuyentes a los que corresponda declarar Patrimonio deberán hacerlo exclusivamente por Internet, mediante Clave PIN, número de referencia, o bien utilizando el DNI electrónico, o el certificado electrónico.
El plazo para la presentación se extenderá hasta el 30 de junio (hasta el 25 de junio para pagos con domiciliación). En el supuesto de declaraciones a ingresar sin domiciliación es necesario realizar, previamente, el ingreso (mediante adeudo en cuenta o en efectivo) en una entidad financiera y obtener el número de justificante de pago que aporta la propia entidad (Número de Referencia Completo, NRC).
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