Esta nueva ampliación de la restricción se ampliará durante 14 días naturales y, por tanto, estará vigente hasta el próximo 16 de febrero a las 18.00 horas.
La limitación de los vuelos directos y buques de pasaje entre Reino Unido y los aeropuertos y puertos españoles está en vigor desde el 22 de diciembre, después de que el Consejo de Ministros aprobara el acuerdo por el que se establecían medidas excepcionales para limitar la propagación y el contagio por la COVID-19, a raíz de la nueva variante del SARS-CoV-2 identificada en Reino Unido.
El acuerdo únicamente permite realizar vuelos desde cualquier aeropuerto situado en el Reino Unido a cualquier aeropuerto situado en España cuando se trate de aeronaves que transporten exclusivamente ciudadanos españoles o andorranos, o residentes en España o Andorra. Este es también el requisito para permitir la entrada de buques en los puertos españoles.
El Gobierno asegura en una nota de prensa que, en el momento actual, se mantienen algunas incertidumbres sobre el alcance de la nueva variante del SARS-CoV-2. Por ello considera necesario «mantener estas medidas hasta que se tenga conocimiento de su impacto en la evolución de la pandemia y, especialmente, en lo que pueda afectar a nuestro país».
En función de la evolución de la situación y de la pandemia y especialmente de las decisiones que puedan adoptarse de forma coordinada en la Unión Europea, el Ministerio de Sanidad podrá levantar, con carácter general, estas limitaciones antes de la finalización del plazo establecido.
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Mientras tanto Gibraltar de puertas abiertas... y la línea batiendo récords de cepa británica... viva el cum fraude!