Imagen de archivo de Juana Rivas, en los juzgados. | Europa Press

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Juana Rivas, condenada por el Tribunal Supremo a dos años y medio de prisión por no entregar a sus hijos al padre el verano de 2017, ha formalizado su petición de indulto al entender que cumple los requisitos para obtener el derecho de gracia que otorga el Gobierno.

Su abogado, Carlos Aránguez, ha informado de la presentación de esta solicitud a través de un comunicado en el que argumenta que Rivas carece de antecedentes penales, ni anteriores ni posteriores a los hechos por los que ha sido condenada.

El letrado señala que el móvil por el que se cometió el delito resulta «comprensible desde el punto de vista humano», puesto que ella «sólo pretendía proteger a sus hijos».

Igualmente indica que Rivas, vecina de Maracena (Granada), tiene domicilio estable y dispone de una «fuerte red de apoyo familiar y social» y que, «como víctima de violencia de género» -dado que existe una condena anterior firme a su expareja Francesco Arcuri por delito de maltrato- recibe atención adecuada de los servicios municipales de Maracena.

Aránguez explica que Rivas es «querida y valorada por sus vecinos», y que más de 400.000 personas y 54 entidades de diferentes ámbitos ya han mostrado su apoyo a esta petición de indulto.

A través de una campaña solidaria, ha recabado fondos suficientes para satisfacer la responsabilidad civil recogida en su condena, que ya ha sido puesta a disposición de la acusación particular en el procedimiento.

Finalmente, señala que la justicia italiana sigue investigando las denuncias interpuestas por violencia familiar y que existe un procedimiento civil sobre la custodia de los hijos de Rivas «actualmente en curso» y en el que se está realizando una nueva prueba pericial sobre los menores.

Los hechos tuvieron lugar en el verano de 2017, cuando la madre permaneció un mes en paradero desconocido junto a sus dos hijos para no entregarlos al padre con el argumento de protegerlos frente a él, el italiano Francesco Arcuri, quien en 2009 fue condenado por lesionarla y al que ella volvió a denunciar por maltrato en 2016.

Tras varios requerimientos para que devolviera a sus hijos y después de que su expareja denunciase la desaparición, la acusada entregó a los dos niños un mes después en Granada.

La Audiencia de Granada y el Juzgado de lo Penal número 1 de Granada apreciaron que la acusada había cometido dos delitos de sustracción de menores, uno por cada niño, incumpliendo las resoluciones judiciales que le obligaban a su entrega al padre que ostentaba la custodia de los mismos por disposición judicial.

El Tribunal Supremo ha manifestado recientemente que, aunque el artículo 225 bis del Código Penal siempre se refiere al «menor», en singular, el título donde se ubica la norma, alude a las relaciones familiares, de ahí que finalmente la haya condenado por un solo delito a la pena de dos años y seis meses de prisión, además de la pérdida de la patria potestad.