En efecto, equiparar la enseñanza de la religión islámica a la católica en nuestro ámbito es una solución que causa fricciones en el seno de la comunidad educativa balear; también en el conjunto de la sociedad isleña, a pesar de que en algunas poblaciones, también en Mallorca, la presencia de estudiantes de confesión musulmana es muy importante. Precisamente a ellos pretende dar cobijo la iniciativa del Govern.
Sin embargo muchos han demostrado no tener muy claro el tipo de Estado que nos hemos dado a través de la Constitución española de 1978. La Carta Magna recoge unas cuantas líneas en lo que se refiere a las creencias religiosas en su Capítulo Segundo, que aborda los derechos y libertades de los españoles. Son las siguientes:
Artículo 16
1. Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la ley.
2. Nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias.
3. Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones.
En concreto, el artículo 16 de la Constitución –Sección 1.ª De los derechos fundamentales y de las libertades públicas– indica que en España no existe una religión estatal y por tanto se considera un Estado aconfesional, algo diferente al laicismo, el modelo de estado desligado de cualquier organización o confesión religiosa como lo es por ejemplo la República de Francia.
En el país vecino existe una total separación entre las iglesias y el Estado, de modo que los galos ni reconocen ni pagan salarios ni subvencionan ningún culto en particular a través de sus impuestos; todos ellos se sustentan con la aportación de sus fieles. De este modo el Estado no tiene ninguna confesión religiosa: las iglesias se administran libremente y en consecuencia todas las confesiones son iguales en derecho.
Asimismo, en el artículo 27 de la Constitución se expresa que «los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones», algo que claramente ampara la iniciativa del Govern balear.
La relación con la iglesia católica
La aconfesionalidad del Estado español se matiza en el propio texto constitucional, en el punto tercero que alude a la realidad religiosa de la sociedad española y establece una suerte de relación de privilegio con respecto a la iglesia católica, que quedó plasmada y sellada en el concordato suscrito con la Santa Sede en 1979.
Dicho acuerdo se pronuncia sobre los nombramientos de la jerarquía eclesiástica, asuntos de enseñanza y culturales, asistencia religiosa a las Fuerzas Armadas y asuntos económicos, entre otros.
Se entiende esa relación enmarcada en la realidad de la sociedad española del último tercio del siglo XX, en la cual la católica era la cosmovisión mayoritaria y tradicional en nuestro país. No obstante dicha realidad se ha ido matizando con el paso del tiempo, y por una razón u otra amplios sectores de la sociedad se ha alejado progresivamente de los templos.
20 comentarios
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I mentrestant es que arriben d'Afganistan ja diuen on volen estar i on no,això no acabarà bé
VOX
todo pasa por fotmar un partido de hermanos musulmanes.Todos unidos serian 12 diputados. Animo.Dejo la idea
Si alguien pretendiera crear una asociación con unos estatutos en los que la mujer fuera considerada de la misma forma en la que es considerada por la iglesia católica o por el Islam, le tacharían de loco o retrógrado, en el mejor de los casos, pero basta con que sea una religión para que se acepte sin más. Ya está bien, en la escuela solo cabe la ciencia. Las religiones, para el ámbito privado.
Un "sinsentido", de locos, como es posible que prohiban las clases de religión catolica (voluntarias eso si, claro esta) pero las critican y ponen todo tipo de trabas en los colegios para los padres y alumnos que las eligen pero luego, SI PUEDEN IR A CLASE DE ISLAM ????? que me estas contando?? no será para captar los votos ?? a que si, que mal huele todo esto. Que pena, con las expectativas que tenia con este gobierno......, mucha desilusión, van como pollo sin cabeza, en vez de arreglar paro, crear industria, y ayudar a que la economia recupere. Se dedican a crear pobreza (con ayudas de 400€, crear vagos realmente) en lugar de pagar un sueldo digno y dar empleo, arreglar colegios, invertir en educación, sanidad por favor!!! y dejarse de tanta tonteria, cambiar nombres de calles y plazas, poner clases de Islam, PARA QUE? esto no ayuda. UN POC DE SENY!
Dicen que Españistán es un país laico, pero te puden condenar por "ofensas religiosas". Debemos creernos que una mujer virgen dió a luz y que unas zarzas ardiendo hablaron... no existe el delito cotra la "ofensa a la inteligencia" La religión en las aulas, ahora será adoctroinada por la que elijan los padres de cada niñ@...
Si podéis ved No Man´s Land, de HBO y os haréis una idea de como son verdaderamente.
Las religiones son el freno de la ciencia y el progreso,son las causantes de muchas guerras,tan difícil es no hablar de ellas? Dejad a cada uno con su conciencia
La CE es lo bastante ambigua y contradictoria como para permitir que cualquier juez dictamine una cosa o la contraria según su ideología. Perfectamente podría venir uno y establecer que la clase de religión en la escuela pública es ilegal por la aconfesionalidad estatal, o podría venir otro y afirmar lo contrario por el derecho de los padres a que se les garantice la formación religiosa de sus hijos. También podría venir un tercero a negar la posibilidad de dar religión islámica basándose en la mención explícita a la cooperación con la Religión Católica y el Concordato o basándose en que algunas costumbres de ciertas facciones islámicas violan los DDHH consagrados en la misma CE.
España és un estat confesional prou integrista: capellans militars, col.legis religiosos, calendari confesional amb expressions públique invasives, exemció d'impostos, prerrogatives legals infames com la inmatriculació de finques, cerimònies d'estat oficials, ordenació interna discriminatòria amb les dones (no hi ha obispas, cardenalas o papesas), titular de pemsa d'ultradreta, 12.000 milions anuals de subvencions estatals, pederàstia històrica no perseguida, col.laboració en crims de lesa humanitat ofulta als manuals d'història als centres educatius, etc.