Según ha informado la corte de garantías en un comunicado, el Pleno ha estimado la cuestión de inconstitucionalidad promovida por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, con sede en Málaga, contra dichos preceptos.
En consecuencia, ha declarado la inconstitucionalidad y nulidad de los artículos 107.1 segundo párrafo, 107.2.a) y 107.4 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
La sentencia considera que estos preceptos son inconstitucionales y nulos porque «establecen un método objetivo de determinación de la base imponible del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana que determina que siempre haya existido aumento en el valor de los terrenos durante el periodo de la imposición, con independencia de que haya existido ese incremento y de la cuantía real de ese incremento», indica la nota de prensa.
Además, el Pleno del Tribunal Constitucional declara la intangibilidad de las situaciones firmes existentes antes de la fecha de la aprobación de la sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Ricardo Enríquez.
El fallo, que cuenta con el voto particular concurrente del presidente del TC, Juan José González Rivas, y los votos discrepantes del magistrado Cándido Conde-Pumpido y de la magistrada María Luisa Balaguer, se conocerá íntegramente en los próximos días.
Es la tercera sentencia que dicta el TC sobre el impuesto de plusvalía. En 2017, declaró inconstitucional someter a tributación situaciones de inexistencia de incrementos de valor y en 2019 hizo lo mismo «en aquellos supuestos en los que la cuota a pagar es superior al incremento patrimonial».
14 comentarios
Para comentar es necesario estar registrado en Ultima Hora
Antoni¡No es lo mismo! Las herencias tributan por el Impuesto de Sucesiones. En este caso se trata de un Impuesto Municipal, el Impuesto de Plusvalía. El Impuesto de Plusvalía sólo se puede reclamar a partir de la sentencia o en los casos en los que hubiera reclamación en curso durante el proceso.
Ya está bien de robar al ciudadano!!! Bien por el Constitucional!!!
Oleeeee!!! Se lo digo a este Gobierno de "obreros", a los que les ha faltado tiempo para empezar a pensar como tumban el acuerdo del Constitucional a favor de los ciudadanos.......seguid votándoles.....jejejee
Y ahora los Ayuntamientos pedirán más dinero por otros impuestos. Vergonzoso. Si a la gente le va mal y tiene menos ingresos se aprieta el cinturón, y estos políticos caraduras contratan más asesores y amiguetes.
Los políticos necesitan mucha pasta para sus chanchullos. Si no pueden conseguirla en un sitio irán a otro.
Y los que hemos pagado hace poco por una herencia y nos la han cobrado que hacemos? Podemos reclamar?
Bueno, poco ha tardado el Gobierno en anunciar una Ley para tumbar la sentencia del Constitucional, sobre la plusvalia, en una palabra, el gozo en un pozo.
Buenas noticias
Que declaren inconstitucional la subida de la luz! Es un robo y resulta que no pasa nada??
AlfYa han dicho que no