La Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TS ha acordado por una mayoría de tres votos frente a dos estimar los recursos de reposición interpuestos contra los autos por los que la misma sección inadmitió los recursos contencioso-administrativos presentados contra los Reales Decretos por los que fueron indultados nueve de los condenados en la causa del 'procés'.
La Sala Tercera ha estimado todos los recursos excepto el interpuesto por la entidad Pro Patrimonium Sijena y Jerusalén, que se rechaza por unanimidad, según ha informado el alto tribunal. Con todo, el TS ordena la continuación de los procedimientos y pospone al trámite de sentencia el pronunciamiento sobre la falta de legitimación de los recurrentes planteada por la Abogacía del Estado en todos los recursos.
De esta forma, la Sección Quinta enmienda la decisión que adoptó el pasado mes de enero cuando, por tres votos contra dos, rechazó los siete recursos presentados contra los indultos concedidos a los líderes independentistas que fueron condenados por la Sala de lo Penal del TS por el referéndum ilegal del 1-O, al apreciar falta de legitimación en todos ellos. Entonces, los magistrados señalaron respecto a los partidos políticos que es «abrumadora» la jurisprudencia que declara que «no concurre con carácter general» su legitimación activa, salvo en aquellas actuaciones «que afecten a la esfera de sus derechos e intereses legítimos», entendiendo que este no era el caso. Pese a esta negativa, los recurrentes insistieron impugnando también en reposición, unos recursos que son los que ahora ha contestado la Sección Quinta pero con un resultado distinto.
Se da la circunstancia de que los cinco magistrados que componen esa sección de la Sala Tercera han cambiado en este tiempo. Dos de los tres jueces que votaron para rechazar los recursos -Segundo Ménendez y Ángeles Huet- han pasado a otras secciones, mientras que los dos que abogaron por admitirlos, Fernando Román y Wenceslao Olea, se han mantenido. Las fuentes jurídicas consultadas subrayan que la alteración de la composición de la Sección Quinta se debe a una cuestión prefijada que tiene que ver con el funcionamiento habitual de la Sala Tercera, aclarando que no obedece a ningún cambio 'ad hoc'.
La admisión a trámite que se ha acordado este martes supone que la Sala de lo Contencioso-Administrativo tendrá que estudiar el fondo del asunto, si bien las mismas fuentes apuntan que es posible que al final de este proceso se llegue a la misma conclusión sobre la falta de legitimación.
2 comentarios
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... la justicia española erre que erre... han metido el cuerno en el agujero y ahí siguen, embistiendo en el mismo sitio, para que todos veamos que aún pueden hacer el ridículo un poco más...
Después de ver el pánico escénico que les entró al tal "Marchena y sus unánimes" a la hora de sentenciar el Golpe de Estado catalanista del 2017, dejándolo -por conveniencia política- en una simple sedición, cuando fue a todas luces un delito clamoroso de rebelión y alta traición, tal y como habían argumentado y demostrado perfectamente tanto la Fiscalía como la acusación particular, ahora los ciudadanos ya no confiamos en ese tribunal, que nos tiene tan acostumbrados a sus incomprensibles bandazos y a sus cambios de criterio de última hora, según soplen los vientos políticos y todo lo demás que le cuelga. Una pena de Justicia y una pena de país en general, esta es la España de hoy gracias a la podredumbre moral de una sociedad inculta, zafia y aborregada y de unos políticos facinerosos de la peor calaña que se ha visto en siglos.