Porque el texto pactado por el PSOE y Unidas Podemos establece un mandato imperativo y un calendario para la renovación de los dos magistrados del TC que competen al Consejo General del Poder Judicial. Para ello, también se propone la reforma de la ley que regula el funcionamiento del Constitucional. El propósito es dar una alternativa al modelo actual, que implica un acuerdo de tres quintos de los vocales del CGPJ, si no se alcanzara dicho consenso en el plazo de tres meses desde que finalice el mandato de los magistrados salientes.
En ese momento, se optaría por un sistema de votación individual en el que resultarían elegidos los candidatos con más apoyos. En la enmienda se añade que no es necesario un quorum mínimo y que habrá una única votación, que no será secreta. También se introducen plazos concretos para evitar el bloqueo: el presidente del CGPJ deberá convocar el proceso en cinco días desde que se cumplan esos tres meses (en este caso desde la entrada en vigor de la ley), cada vocal propondrá como máximo un candidato, se convocará un pleno en tres días para la votación y serán elegidos los dos más votados. En caso de empate, lo dirimirá el presidente.
Para reforzar el carácter imperativo de esta norma, se prevé exigir «responsabilidades de todo orden que se deriven del ordenamiento jurídico, incluidas las penales» a quienes incumplan la ley. Además, los partidos del Gobierno han enmendado la ley del TC para especificar que, aunque la Constitución prevé que sus magistrados se renueven por tercios, en el caso de que un poder no cumpla los plazos (como ocurre ahora con el judicial), se realice la renovación del poder que sí los cumple (en este caso el Ejecutivo) También proponen PSOE y Unidad Podemos modificar esa ley que regula el funcionamiento del TC para suprimir su potestad de verificar previamente la idoneidad de los magistrados y, a cambio, se introduce una causa de cese en el caso de que se compruebe que existe un requisito de ineligibilidad.
Con esta enmienda, los proponentes evitan un posible bloqueo de los nombramientos al no convocar el presidente del TC un pleno para revisar la idoneidad de los candidatos. Se trata un trámite «adicional» que resulta «disfuncional tanto desde un punto de vista material, como formal».
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¿A qué Tenazos quieren colocar al frente del Constitucional?