El Gobierno ha aprobado un real decreto que restringe la concesión de licencias estatales de vehículos de transporte de alquiler con conductor (VTC) por criterios de tráfico o medioambientales, aunque la norma no afecta a las licencias urbanas, que dependen de las comunidades autónomas y que son las que realmente marcan la diferencia en las grandes ciudades. Fuentes del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana defienden que la nueva normativa, aprobada este martes por el Consejo de Ministros, «no quiere perjudicar a nadie».
Añaden que se ha diseñado «con todas las partes implicadas», después de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sentenciara hace unas semanas que no se justificaban las limitaciones a las licencias de VTC por razones económicas. Desde el ministerio aseguran que venían trabajando en un ajuste de la normativa para adaptarla al contexto actual, pero reconocen que la sentencia europea ha sido el «detonante», ya que generaba incertidumbre regulatoria y jurídica y recomendaba realizar los cambios normativos necesarios en el menor tiempo posible.
La nueva normativa, según el ministerio, persigue cuatro objetivos fundamentales: incorporar las razones de interés público que Europa considera admisibles para limitar las nuevas autorizaciones, priorizar la consecución de objetivos de carácter general, evitar malas práctica en el sector y evitar la incertidumbre regulatoria. «Creemos que la norma será un elemento de estabilización en el sector», asegura el ministerio. Tras la publicación de la norma, el ministerio asegura haber recibido la comunicación por parte del sector del taxi de la desconvocatoria de las manifestaciones que se iban a celebrar este jueves en Madrid y Barcelona.
Nuevas medidas
Las medidas incluidas en el real decreto aprobado hoy solo afectarán a las autorizaciones de ámbito estatal, que ya ni pueden realizar servicios urbanos tras el conocido como «Decreto Ábalos». Concretamente, se refuerza y se modifica la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (LOTT) para supeditar la concesión de nuevas licencias al cumplimiento de determinados requisitos de calidad del aire y de congestión del tráfico. Estos cambios afectan a todas las autorizaciones pendientes, incluidas las judicializadas -«varias de miles», según el ministerio-, aunque se habilita la posibilidad de que si durante los próximos tres años se cumplen los requisitos, podrán obtener la autorización. Esto permitirá, por ejemplo, que algunas licencias que sean denegadas en un momento específico por criterios de calidad del aire puedan obtenerla más adelante si estas condiciones mejoran.
Asimismo, se establece la obligatoriedad de que el titular de la licencia VTC, que puede ser una empresa, disponga del vehículo en propiedad, evitando las malas prácticas de algunas compañías que utilizaban la figura del arrendamiento. Por otro lado, se reconocen las competencias autonómicas y locales para regular las licencias de su competencia en base a criterios «objetivos» mediambientales o de tráfico, así como la posibilidad de pedir una segunda autorización para circular por las ciudades. Por último, se declara al taxi «servicio de interés público», siguiendo el ejemplo de varias comunidades autónomas y una sentencia del Tribunal Supremo de 2018.
Competencias estatales
El marco de actuación del Gobierno solo puede comprender el transporte interurbano, por lo que, en el ámbito urbano son las comunidades autónomas y ayuntamientos quienes pueden regular las condiciones para autorizar la circulación de las VTC. En este sentido, las mismas fuentes defienden que la norma cumple los principios de proporcionalidad y no discriminación y busca una forma de competencia leal entre el sector del taxi y el VTC, así como la protección del medio ambiente y del interés general. Además, aseguran que no afecta para nada a las licencias VTC actuales, ya que ni se limitan sus derechos ni los servicios que pueden realizar, más allá de la obligación de tener el vehículo en propiedad.
RATIO 1/30
La sentencia del TJUE establecía que la limitación de licencias VTC a una por cada 30 de taxi en el Área Metropolitana de Barcelona (AMB) no se ajustaba al derecho europeo. Concretamente, esa limitación no está justificada por ninguna razón imperiosa de interés general, ya que lo que busca es garantizar la viabilidad de los servicios de taxi, algo que supone un motivo de carácter puramente económico. Fuentes del ministerio han explicado que esperarán a conocer el fallo de Supremo antes de adaptar la normativa en este punto. Según los últimos datos del ministerio, hay 59.737 licencias de taxi en España y 18.250 de VTC, lo que arroja un ratio de 3,3 taxis por cada licencia de VTC.
El sector VTC irá a Bruselas
Tras conocer le decisión del Ejecutivo, las patronales del sector VTC Feneval y Unauto han criticado que se establezcan restricciones que se aplican unilateralmente al sector VTC y solo se defienda al taxi. En una nota, señalan que esta definición contradice expresamente la reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que establece que las regulaciones de movilidad deben estar destinadas a proteger el interés general, que no es «en ningún caso» garantizar la viabilidad económica del sector del taxi. Por ello, aseguran que solicitarán a la Comisión Europea que abra un procedimiento contra el Gobierno de España. El Gobierno, añaden, contradice el principio de proporcionalidad que establece que la regulación sobre el transporte urbano de interés general no puede ser discriminatoria y que, por tanto, se debe aplicar en igualdad de condiciones a taxis y VTC, y critican que no se les haya consultado en la elaboración de la norma.
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