Justicia en España. | Redacción Local

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La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha acordado este jueves por mayoría conceder por primera vez a un miembro de la carrera judicial, en este caso una magistrada, un permiso de 15 días por haberse registrado como pareja de hecho, en cumplimiento de la reciente reforma que equipara esta situación con la del matrimonio.

El órgano ejecutivo del CGPJ ha aplicado el Real Decreto-ley 5/2023, sobre medidas de conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores, que entró en vigor el pasado 30 de junio. No obstante, ha optado por hacer una interpretación favorable del mismo, dado que en este caso la magistrada inscribió su pareja de hecho unos días antes de que el real decreto entrada en vigor, el 5 de junio, dada la proximidad de ambas fechas.

Además, en aplicación de dicha norma, la Comisión Permanente ha acordado proponer al Pleno del órgano de gobierno de los jueces adaptar la regulación de otros permisos para la carrera judicial. Así, el CGPJ avanza que también se concederá a jueces y magistrados un permiso de hasta ocho semanas -continuas o discontinuas- para el cuidado de los hijos, si bien tendrá que concederlo el presidente del Tribunal Superior de Justicia correspondiente, de la Audiencia Nacional o del Tribunal Supremo.

Asimismo, se concederá un permiso de cinco días hábiles por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise de reposo domiciliario de la pareja de hecho o parientes hasta el primer grado por consanguinidad o afinidad, así como de cualquier otra persona distinta de las anteriores que conviva con el miembro de la carrera judicial.

Cuando se trate de accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise de reposo domiciliario de un familiar dentro del segundo grado de consanguinidad o afinidad, el permiso será de cuatro días.