En el escrito, al que ha tenido acceso Europa Press, Manos Limpias se apoya en noticias de prensa para señalar que ese pliego firmado digitalmente por Begoña Gómez en realidad debería haber sido redactado por ingenieros técnicos. «La señora Gómez carece, salvo que otra cosa pueda acreditarse, de la correspondiente titulación, esto es, de una ingeniería informática, la cual le habilitaría para la redacción de tales documentos», apunta, para añadir que la mera redacción y firma de tal pliego «hace que tal hecho se subsuma en la literalidad del precepto que castiga el intrusismo profesional».
Apunta asimismo que ese hecho fue objeto de denuncia ante la Junta de Gobierno del Consejo General de Colegios oficiales de Ingeniería Técnica Informática (CONCITI) por el Decano del Ilustre Colegio Profesional de Ingenieros Técnicos en Informática de Andalucía, en base a la presunta comisión de un delito de intrusismo profesional.
Para Manos Limpias es evidente que se da ese delito en la persona de Begoña Gómez dado que a pesar de que era conocedora de que no dispone de titulación, «invade competencias (...) realizando actos que solo un ingeniero informático está capacitado para desarrollar». Y por ello, entre otra serie de diligencias, interesa una nueva comparecencia de la esposa de Pedro Sánchez para ser interrogada por ese nuevo asunto. Por el momento, el titular del Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid, Juan Carlos Peinado, investiga a Gómez por los presuntos delitos de tráfico de influencias y corrupción en los negocios.
4 comentarios
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PiliLéelo otra vez, en calma.
memorionFregar platos no es delito. Nadie le dirá nada. Puede fregarlos sin problema.
Pronto la acusaran por fregar platos.
A ver si al final tendrán razón los que afirman que existe una persecución contra doña Begoña acusándola hasta de haberse saltado un stop o por haber superado en 10 km por hora un límite de velocidad. Dicho esto, entiendo también que cuando alguien interpone una denuncia o se querella contra alguien, el juez instructor está OBLIGADO. a actuar. Lo que sucede es que si estas nuevas denuncias/querellas no guardan conexión con la acusación principal, debería abrirse un procedimiento separado para cada una. Sinceramente, acogerse a una usurpación de funciones por haber firmado -no un proyecto- si no un pliego de condiciones, me parece una irregularidad (aunque de acuerdo con la ley lo sea) tan menor que el principio de proporcionalidad aconseja proponer una corrección mínima.