La representante legal de Errejón se encuentra ya trabajando en el recurso que presentará ante el Juzgado de Instrucción Número 47 de Madrid después de que ayer lunes se diera a conocer la decisión del instructor de archivar de momento el procedimiento, según ha adelantado la prensa nacional y han confirmado fuentes jurídicas a Europa Press.
Al acordar el archivo, el juez ha suspendido también las declaraciones de Errejón y Mouiláa que estaban previstas para este mismo martes, así como «todas las actuaciones y plazos del presente procedimiento hasta que la letrada de la denunciante presente su alta médica». El juez explica que Mouliaá «se ha negado a designar a otro letrado que la sustituya de su confianza» por lo que «la consecuencia inevitable es la imposibilidad de la continuación del procedimiento».
De esta forma, con el archivo provisional, «se impide que transcurran los plazos de la instrucción» que marca la ley, como recuerda el propio juez.
En la denuncia, a la que tuvo acceso esta agencia de noticias, Mouliaá relata hechos que tuvieron lugar una noche de finales de septiembre de 2021 cuando, después de que llevarán «aproximadamente un año» hablando por redes sociales, el político invitó a la actriz a la presentación de su libro. Al terminar el evento, se fueron a tomar unas cervezas a un bar cercano y Mouliaá, que ya tenía previsto acudir esa noche a una fiesta en casa de un amigo, «por educación» le invitó a acompañarla. «Para sorpresa» de ella, Errejón aceptó. De acuerdo con el relato de Mouliaá, ya en el coche él adoptó «una actitud dominante». Y en el ascensor directamente la habría agarrado «fuertemente» de la cintura y besado «de forma violenta», «dejándola sin respiración».
Una vez en la fiesta y, tras bailar y charlar con los otros asistentes, la habría llevado «por la fuerza» a una habitación, donde se habrían producido varios tocamientos «sin el consentimiento» de la actriz. Mouliaá describe en la denuncia que Errejón la quitó el sujetador, profirió frases «lascivas» del tipo «cómo me pones», acto seguido la empujó sobre la cama, se sacó su miembro y la hizo tocamientos. «Paralizada», «fue en ese momento cuando le dijo que ella quería seguir en la fiesta». Errejón le habría contestado que «salía de la habitación con la condición de que en 20 minutos ambos tenían que irse a su casa». «Estuvieron un rato más en la fiesta», pero se trasladaron rápidamente en un mismo coche al domicilio del político.
Allí, «sin mediar palabra», él habría reanudado los tocamientos. Ella «le comentó que se estaba sintiendo muy incómoda», que lo que estaba ocurriendo le estaba pareciendo «muy violento». Y finalmente le dijo: «Íñigo, 'solo sí es sí', parece mentira que me esté pasando esto contigo», culminando ahí el relato plasmado en la denuncia. Fuentes jurídicas consultadas por Europa Press indican que los hechos denunciados por Mouliaá el pasado 24 de octubre ante la Unidad de Familia y Mujer de la Policía Nacional (UFAM) podrían ser constitutivos de un delito de agresión sexual castigado con penas que van de 1 a 5 años de cárcel.
5 comentarios
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El juez y sus amiguitos han visto la opción de alargar esto todo lo que haga falta hasta las próximas elecciones para usarlo políticamente, y lo va a hacer. En un caso normal, la abogada de baja sería sustituida por otr@ de su bufete para llevar el caso y listo. Pero "todo el que pueda hacer, que haga" (Ansar)
Solo sí es sí y con un notario. Y caballeros, también Sánchez, Pablo... TODOS deberíamos estar en la cárcel.
EN PEPÊT GONELLALa legislación actual (incluyendo permisos por maternidad) discrimina positivamente a las mujeres, y ese es precisamente uno de los grandes logros de “Podemos” y “Sumar”.
Amb Errejón em sembla que estan fent con el joc del parxís, s'ha menjat una, i li conten 20 .
Hay dos cosas, la primera es que el artículo 178.1 del Código Penal, que forma parte del Capítulo I del Título VIII del Libro II, referido a las agresiones sexuales y que los tocamientos entran en ese artículo, que es el tipo básico del delito de agresión sexual, que consiste en realizar cualquier acto que atente contra la libertad sexual de otra persona sin su consentimiento la condena es de 1 a 4 años. Lo segundo se ve de nuevo las intenciones del juez, de posponer el juicio hasta que pase lo de la DANA con Mazón en Valencia, para llenar los tebeos de la derecha, que con lo acaecido en Valencia era noticia de segunda. Y es así porque la LEY deja clara dos cosas, la primera la LEY establece que se suspenderá el procedimiento “por accidente o enfermedad del profesional de la abogacía interviniente”, durante todo el periodo coincidente con la baja laboral conforme a la legislación laboral, ¡POR UN PLAZO MÁXIMO DE 30 DÍAS NATURALES!, transcurridos los cuales se alzará la suspensión. La abogada de Elisa Mouliaá lo que tiene es que está embarazada, y el Juez lo ha pospuesto hasta que se recupere, es decir, hasta que tenga el bebé, con lo cual vulnera la LEY y es más, pues esa decisión también impide que transcurra el plazo de instrucción de un año que marca la ley para la duración de las investigaciones penales. Otra encerrona a Errejón, que no olvidemos que no es por violación sino por tocamientos. Eso si que se le juzgue con la LEY en la mano y que pague por haberlo hecho, eso lo tengo claro.