«La pretensión del Ajuntament de Deià de evitar el derribo de los
chalets de Llucalcari alegando la aprobación de un plan especial
que legaliza las obras no tiene ni pies ni cabeza», manifiesta el
Grup Balear d'Ornitologia i Defensa de la Naturalesa (GOB).
A su juicio, «la sentencia del Tribunal Supremo rechazando el
recurso de casación interpuesto por los promotores y por el
Ajuntament no deja ningún tipo de dudas. El tribunal ratifica la
sentencia del Tribunal Superior de Justicia de las Balears que
ordena la demolición de las cuatro edificaciones». El GOB se
pregunta «qué sentido tiene que el Ajuntament de Deià pretenda
legalizar unas casas que tienen sus licencias anuladas por una
sentencia del Tribunal Superior de Justicia, del Tribunal Supremo y
del Constitucional, y que además tienen orden de demolición y de
restitución del paisaje a su estado original».
El Ajuntament de Deià entiende que ya acatado la sentencia al
aprobar un Plan Especial de Protección del municipio, y se basa en
un dictamen del catedrático de Derecho Administrativo Eduardo
Garcia de Enterria.
«La infracción jurídica que, según la sentencia del Tribunal
Suprema, determina la nulidad de las licencias y que no es otra que
la inexistencia de un Plan Especial de Protección del Paraje
Pintoresco, queda subsanada con la aprobación definitiva del
mencionado plan que cumple con el artículo 20-3 de la Ley de
Patrimonio», dice el dictamen de Garcia de Enterria.
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