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«La pretensión del Ajuntament de Deià de evitar el derribo de los chalets de Llucalcari alegando la aprobación de un plan especial que legaliza las obras no tiene ni pies ni cabeza», manifiesta el Grup Balear d'Ornitologia i Defensa de la Naturalesa (GOB).

A su juicio, «la sentencia del Tribunal Supremo rechazando el recurso de casación interpuesto por los promotores y por el Ajuntament no deja ningún tipo de dudas. El tribunal ratifica la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de las Balears que ordena la demolición de las cuatro edificaciones». El GOB se pregunta «qué sentido tiene que el Ajuntament de Deià pretenda legalizar unas casas que tienen sus licencias anuladas por una sentencia del Tribunal Superior de Justicia, del Tribunal Supremo y del Constitucional, y que además tienen orden de demolición y de restitución del paisaje a su estado original».

El Ajuntament de Deià entiende que ya acatado la sentencia al aprobar un Plan Especial de Protección del municipio, y se basa en un dictamen del catedrático de Derecho Administrativo Eduardo Garcia de Enterria.

«La infracción jurídica que, según la sentencia del Tribunal Suprema, determina la nulidad de las licencias y que no es otra que la inexistencia de un Plan Especial de Protección del Paraje Pintoresco, queda subsanada con la aprobación definitiva del mencionado plan que cumple con el artículo 20-3 de la Ley de Patrimonio», dice el dictamen de Garcia de Enterria.