12/11/99 0:00
M. B.
El fallo del Tribunal Supremo, fechado en Madrid el pasado mes de
octubre, declaró «no haber lugar» al recurso de casación formulado
por el Club Náutico de s'Estanyol de Llucmajor contra dos autos de
la Sala de la Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de
Justicia de Balears (TSJB) que ordenaban la paralización cautelar
de las obras de ampliación del puerto deportivo. La sentencia del
Supremo se ha producido tres años y medio después de que el
tribunal insular emitiera dos autos, el 19 de enero y el 14 de
marzo de 1996, ordenando la paralización de las obras a la espera
de que la Sala resolviera el recurso interpuesto por la Associació
de Veinats de Son Reynés contra la aprobación por parte del Govern,
vía concesión administrativa, de la ampliación de la instalación
portuaria.
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