El litigio deriva del convenio suscrito para construir un complejo situado en Nova Santa Ponça. Foto: C.VIERA.

TW
0
JOSEP ROSSELLÓ/MIQUEL BAUÇÀ La querella presentada por el abogado Carlos Rey en representación de la promotora catalana HPT Instal a finales del pasado febrero fue admitida a trámite y está siendo instruida por el magistrado Miquel Florit, titular del Juzgado de Instrucción 6 de Palma. Los dos querellados, Jorge Herrero y Margarita Nájera, ya han prestado declaración ante el juez. La querella arranca de las diferencias que mantienen el Ajuntament de Calvià y la promotora sobre una promoción de 59 apartamentos, prácticamente concluida, en la primera línea de mar de Nova Santa Ponça.

HPT Instal adquirió el solar en enero de 1999, que disponía de una licencia para construir 59 viviendas. Este permiso de obras estaba integrado en un convenio urbanístico suscrito unos meses atrás entre el Ajuntament y las anteriores propietarias (Terrazas de Mallorca y Cotusa), con las que había mantenido varios pleitos litigios. La querellante recuerda que dos solares vecinos (O-12 y O-13) debían quedar como zona verde y deportiva de uso privado pero que «nadie puso de manifiesto» que tuviera que comprar estos terrenos. Según la querella, el Ajuntament propuso al promotor la posibilidad de edificar los solares O-12 y O-13 «a cambio de construir un campo de fútbol a su costa». La normativa urbanística imposibilitaba cualquier licencia y el promotor desestimó la propuesta.

Acto seguido, siempre según la querella, dos celadores inspeccionaron y denunciaron las obras. Herrero solicitó una reunión con el promotor, a quien exigió «firmar un convenio comprometiéndose a construir el campo de fútbol... en caso contrario se paralizarían las obras». HPT Instal accedió a suscribir otro convenio «dado que el perjuicio que la paralización de las obras le hubiera causado hubiera sido mucho mayor». Cuando en octubre de 2000 sólo faltaba ejecutar el 5% de la obra, el Ajuntament volvió a ordenar su paralización aduciendo el incumplimiento del convenio (firmado por el anterior dueño) que obligaba a adquirir los solares O-12 y O-13. Según HPT Instal, «sólo una interpretación torticera» puede llevar a afirmar que esta sociedad debía adquirir los terrenos. Puestos en contacto con dueños de las parcelas O-12 y O-13, éstos dijeron desconocer el convenio y que sus solares no se vendían.

De todo lo expuesto, HPT Instal concluye que el Ajuntament se limitó en 1999 a «aplazar» el litigio que tenía con Terrazas de Mallorca «pretendiendo trasladar» las reclamaciones de los propietarios de los solares O-12 y O-13 a esta sociedad. El letrado de los querellantes cita que cuando se estaba a punto de entregar las viviendas a los compradores tuvieron que pagar 200 millones al Ajuntament para poder acabar las obras. «En definitiva, mi mandante se vio forzado a ceder de nuevo a la coactiva actuación del Ajuntament... y firmó un nuevo convenio que le obligaba a reconocer el incumplimiento del convenio», concluye la querella.