El expediente que el Consell de Mallorca abrirá en contra del
alcalde de Ses Salines, Sebastià Vidal, traerá consigo la
demolición de las obras que se hicieron de forma ilegal, según han
asegurado fuentes de la institución insular. Una vez anulado el
interés general, se inicia la apertura del expediente de disciplina
urbanística por la edificación irregular en una parcela que no
reúne los metros mínimos exigidos.
La ley de disciplina urbanística aprobada por el Parlament es muy
clara al respecto. En su artículo 25 señala que toda actuación que
contradiga las normas en vigor dará lugar a las medidas necesarias
«para que se proceda a la restauración del orden jurídico
infringido y de la realidad física alterada o transformada». El
mismo artículo señala que se impondrán sanciones a los responsables
de la actuación, pero tramitación del correspondiente procedimiento
sancionador «sin perjuicio de las posibles responsabilidades de
orden penal en las que se haya incurrido».
El interés general fue avalado por once alcaldes de municipios
gobernados por el PP, pero quedará en suspenso ya que la parcela
tiene menos de 9.000 metros. La obra no es legalizable, lo que
significa que deberá demolerse toda la ampliación y además se
fijará una sanción económica que puede ser equivalente al cien por
cien del coste de la obra realizada.
En el caso del alcalde de Ses Salines se da además una de las
circunstancias que la ley considera agravantes. En el artículo 34
de la Ley de Disciplina Urbanística se considera un agravante
«haberse prevalido para cometerla de la titularidad de un oficio o
cargo público, a menos que el hecho constitutivo de la infracción
se haya realizado, precisamente, en el ejercicio del deber
funcional del cargo o del oficio».
En las reglas para imponer las sanciones, se considera además
agravante «haber cometido (la infracción) alterando los supuestos
de hecho que presuntamente legitimaron la actuación o mediante
falsificación de los documentos acreditativos del fomento legal de
la actuación». Los alcaldes del PP que avalaron la actuación hecha
por su homólogo de Ses Salines han reconocido que se ha dado esta
circunstancia y algunos de ellos aseguran sentirse engañados por
Sebastià Vidal.
Dado que en este caso concurren dos circunstancias agravantes,
la ley estable que se fije una sanción económica en su grado
máximo. En esta situación, la multa puede llegar, por tanto al cien
por cien de la cuantía de las obras realizadas de manera ilegal. En
cualquier caso, la tramitación del expediente urbanístico y del
expediente sancionador se prolongará como mínimo durante un año, el
tiempo mínimo que se requiere para completar todas las actuaciones
necesarias.
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