Vista general de la sala donde se ha celebrado el juicio por el 'caso Caballistas' en el Palau de Justicia. Fotos: S. AMENGUAL

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V. MALAGÓN/F.BARRASA

El juicio del 'caso Caballistas' quedó ayer visto para sentencia como una partida de ajedrez con las partes enrocadas. El fiscal y las acusaciones populares mantuvieron, en general, sus peticiones de penas para el conjunto de los acusados, y los defensores reclamaron la libre absolución de sus patrocinados.

El representante del Ministerio Público, Ladislao Roig, trasladó a la sala su convencimiento de que el ex alcalde de ses Salines Sebastià Vidal había sido no sólo el autor material de delito de falsedad documental para intentar legalizar construcciones «de todo punto contrarias a Derecho en terreno rústico», sino además el inductor de la falsedad en los documentos que reclamó que redactasen responsables políticos de otros ayuntamientos del entorno con el mismo fin bastardo. «Inducir -señaló Ladislao Roig- es persuadir, o sea, conseguir que una persona haga algo que no pensaba hacer, y eso es lo que ideó y logró Vidal de sus correligionarios, que por su parte actuaron con absoluta ligereza comprobatoria».

En cuanto a la posible diferencia de peso entre las pruebas y los indicios de delito presentados y escuchados en el juicio, Roig reclamó a los magistrados las condenas solicitadas «porque la presunción no existe en el Código Penal, pero sí la lógica, el dos más dos son cuatro».

Por su parte Llorenç Salvà, defensor del principal acusado, pidió la libre absolución de Vidal por entender acreditado que con sus actos no cometió ningún delito, que «no orquestó trampa alguna sino que quiso formalizar una situación que ya se daba en su finca», y que, además, tanto su documento como los que pidió a los demás acusados «fueron en la práctica una cuestión inocua, no lesionaron nada esencial, ningún bien jurídico protegido». Este argumento fue reiterado por todas las defensas. Si los certificados no tuvieron utilidad alguna y no fueron indiferentes para la concesión o no del interés general de la finca, no emitirlos no provoca ningún delito. A mayor abundamiento, Salvà argumentó que los alcaldes a quienes su defendido pidió documentos sobre la actuación de caballistas de ses Salines en sus fiestas, emitieron documentos a los que no les facultan sus competencias, por lo que en la práctica no habrían obrado como funcionarios públicos sino como particulares, y para ellos el Código Penal no tiene tipificado un delito como la falsedad en documento oficial.

En esa misma línea argumental de imposibilidad del delito, incidieron los letrados del resto de los acusados. Así, Rafael Perera, que representa a la mayoría de los alcaldes encausados, señaló que ninguno de los cargos públicos tenía entre sus funciones la de emitir certificados, por lo que su actuación debe considerarse la de un particular y entonces «son actos impunes». También concretó en su alegado que «ninguna de estas personas han entrado en el ámbito de una falsedad ideológica» y destacó la «voluntad de veracidad» de sus defendidos al firmar documentos basados en actos reales. Además, Perera, como el resto de abogados, ironizó sobre la insistencia de la Fiscalía en el nombre exacto de la agrupación: «Nunca hubiéramos creído que tuviese tanta importancia una letra».