La magistrada del Juzgado de Instrucción número 3 de Manacor interrogará este martes en calidad de imputado al alcalde de Artà, Bartomeu Gili (PI-Proposta per les Illes), por acordar de forma presuntamente irregular la retirada las armas de fuego a dos agentes, a quienes continuaron destinando a servicios en los que el armamento era necesario e imprescindible, «como si estuvieran en posesión» del mismo.
Del mismo modo, están citados para el mismo día el oficial jefe de la Policía Local, Jeroni Mestre, y la psicóloga municipal Cristina Puebla. La jueza les citó a declarar tras admitir a trámite la querella interpuesta por los dos policías por supuestos delitos de prevaricación, contra los derechos de los trabajadores y falsedad en documento público.
Gili concurrió en las pasadas elecciones municipales, ya encausado, como candidato a la reelección a la alcaldía. Su formación fue la segunda que obtuvo más votos, tras el UIA-APIB, con el 23,06 por ciento de los sufragios.
La denuncia revela cómo el Consistorio dictó un Decreto de Alcaldía con el que se acordaba retirar las armas a ambos agentes, con el informe favorable del oficial jefe y previo dictamen de la psicóloga, en el que les declaraba no aptos para portar las armas tras asegurar haberles realizado las pruebas psicotécnicas pertinentes, a pesar de que éstas nunca tuvieron lugar.
Según relata la querella, suscrita por el abogado Francisco José Pérez, Mestre convocó a todos los miembros de la Policía Local para que el 22 de abril de 2014 pasaran las pruebas psicológicas y una entrevista personal, si bien los dos querellados comunicaron no poder acudir en esa fecha, por motivos personales en el caso de él mientras que ella se encontraba en periodo vacacional, por lo que no le era exigible la práctica de la prueba ese día.
Pese a ello, la psicóloga municipal emitió un informe en el que afirmaba que ambos habían sido entrevistados y se habían sometido a las pruebas sin haberlas superado, por lo que les declaraba no aptos con la consecuencia de que les fueran retiradas las armas.
El Decreto de Alcaldía, dictado el 26 de junio, acordaba que les fueran retiradas -incluyendo el armamento básico reglamentario entre el que se encuentra el aerosol defensivo-, amparándose para ello en el Decreto de Aprobación del Reglamento de Armamento de Policías Locales, cuya aplicación únicamente se restringe a Cataluña.
Aun así, recalcan los querellantes, ambos fueron destinados a prestar servicios en los que era necesaria la llevanza de armas, no «más pacíficos ni seguros», por lo que se ponía así «en riesgo su integridad física y la de terceros», con el consiguiente «temor y sensación de inseguridad que se generó en ellos al verse desprotegidos y desarmados».
A día de hoy, recriminan, ninguno de los dos agentes ha sido evaluado por psicóloga alguna pese al tiempo transcurrido y aun habiendo avisado de la imposibilidad de prestar sus servicios laborales de forma segura y sin riesgo para su integridad. Un segundo Decreto de Alcaldía anuló el primero para que pudieran ser examinados a nivel psicológico, algo que no ha sucedido.
La querella asevera cómo todo lo acaecido «no responde más que a la decisión de perjudicar de forma injustificada y delictiva» a ambos efectivos policiales, «en detrimento de sus derechos profesionales y personales, llegándose al extremo de citar normativa que no es de aplicación en el afán de retirar las armas y justificar aquello que resulta irrazonable y contrario a cualquier interpretación del Derecho».
«Idefensión»
«No existe ningún marco jurídico que avale lo sucedido», recalca el letrado de los denunciantes, al apuntar que los querellados «se alejaron del interés general al que todo acto de la Administración está sometido», al tiempo que «se vieron guiados y dirigidos por un interés espurio y sólo con afán de perjudicarles».
Y ello, subraya, sin olvidar cómo el Decreto de Medidas Urgentes de las Policías Locales de Baleares establecen el uso del arma de fuego «no sólo como elemento defensivo, sino también como intimidatorio y preventivo, lo que revela la esencialidad de la misma como herramienta de trabajo y prevención de riesgos para los agentes de Policía, pues al carecer de pistola así como de aerosol se encuentran en grave situación de indefensión».
Tal y como incide la querella, Gili y Mestre no sólo privaron a los agentes de sus instrumentos de trabajo que a la vez son de seguridad y protección, sino que «de forma consciente les destinaron a prestar servicios en las mismas condiciones en las que hasta la retirada del arma habían venido prestando, por lo que si se consideraba necesaria para la labor que ejercían y no como elemento decorativo».
Informe
En cuanto al informe de la psicóloga, la denuncia advierte de que se trata de un documento «falso e inveraz» ya que indicó la participación en unas pruebas de quienes en ellas no habían estado presentes, «causándoles un perjuicio directo y claro» como fue la retirada de sus armas reglamentarias y, en el caso del agente, también de sus armas privadas por lo que a nivel personal se le impidió ejercer como cazador.
Un documento, el de Puebla, que «nació y murió en la Administración pública del Ayuntamiento de ArtÃñ», por lo que «no se puede cuestionar» su condición de documento público.
1 comentario
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tot s'arreglaria si els policies locals sempre puguessin cobrar el mateix sou. les diferències salarials i les dificultats per accedir a una bona formació que garanteixi la seva bona actitud com a servidors públics, es a la base del conflicte personal que enfronta els empleats públics amb els representants del públic als quals han de obeir.