Maria Salom, la delegada del Gobierno en Baleares. | Jaume Morey

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La delegada del Gobierno, Maria Salom, ha explicado este martes el recurso de la Abogacía del Estado contra la decisión del Ayuntamiento de Pollença de subvencionar a empresas que usen el catalán y ha abogado por «velar por que las dos lenguas cooficiales tengan el mismo valor y se subvencionen por igual».

La Abogacía del Estado ha recurrido por considerar que vulnera la Constitución un acuerdo del pleno del Ayuntamiento de Pollença del pasado 22 de febrero con el que la entidad local aprobó subvenciones a las empresas que utilicen el catalán como lengua habitual, ha informado la Delegación del Gobierno en Baleares en un comunicado.

La Delegación del Gobierno planteó el pasado 16 de abril un recurso contencioso-administrativo por medio de la Abogacía del Estado contra dicho acuerdo municipal, al considerar que vulnera la doctrina del Tribunal Constitucional al regular que tendrán acceso a las ayudas aquellas empresas que utilicen «únicamente el catalán» en impresos, carteles, actividades publicitarias o documentos administrativos.

Salom ha dicho al respecto: «Tenemos la obligación de velar por que las dos lenguas cooficiales tengan el mismo valor y que se subvencionen por igual, como recoge la Constitución».

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La doctrina constitucional señala que «la regulación de la cooficialidad lingüística no puede imponer la primacía de una de las lenguas oficiales en relación con otra, ni suponer una postergación o menoscabo de alguna de ellas», ha explicado la Delegación del Gobierno.

Añade que el Constitucional establece en varias sentencias en los últimos años que la cooficialidad ha de sujetarse a un «patrón de equilibrio o igualdad entre lenguas cooficiales, que impide atribuir carácter preferente a ninguna de ellas».

La Delegación del Gobierno ha recurrido acuerdos similares en otros ayuntamientos como Calvià y Palma por considerarlos inconstitucionales.

La Abogacía del Estado impugnó en 2017 ante el Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) un acuerdo del Ayuntamiento de Calvià que fijaba exigencias lingüísticas, sociales y medioambientales para las empresas que contraten con el consistorio, por medio de cláusulas que exigían el uso del catalán en rótulos, publicaciones, avisos y otras comunicaciones, así como que los trabajadores tuvieran el «conocimiento suficiente del catalán».

En el mismo sentido recurrió ante el TSJIB el acuerdo del Ayuntamiento de Palma de octubre de 2016 que también obligaba a las empresas que contratan con dicha administración local a «utilizar el catalán».