El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña suspendió ayer
cautelarmente la potestad sancionadora del decreto del catalán en
el cine aunque esta decisión, según la Generalitat, no modifica los
objetivos del decreto ni afecta a las negociaciones con las
productoras de Hollywood.
El decreto que obliga a doblar al catalán la mitad de las copias
de las películas más taquilleras exhibidas en Catalunya puede
entrar en vigor el próximo 17 de marzo tal como estaba previsto,
pero los artículos referentes a la potestad sancionadora del
decreto deben quedar en suspenso.
Mientras la Generalitat ha minimizado la repercusión de la
decisión del TSJC, CiU se ha apresurado a apuntar soluciones para
salvar el decreto y, en el lado opuesto, PP, PSC e IC han
aprovechado para criticar la política lingüística del gobierno
autonómico.
Por su parte, los exhibidores cinematográficos, uno de los
sectores que impugnó el acuerdo ante los tribunales, se han
congratulado por el fallo judicial al considerar que la suspensión
del capítulo sancionador beneficia a los ciudadanos.
El TSJC ha suspendido los artículos 14 y 15 del decreto sobre
medidas de fomento de la oferta cinematográfica doblada y
subtitulada en lengua catalana por entender que «contravienen» la
Ley de Política Lingüística, cuyo artículo sobre el que se
desarrolla el decreto, no prevé sanciones.
Por contra, el tribunal, rechazando las tesis de los recurrentes
no aprecia que el decreto conlleve un perjuicio económico para
exhibidores y distribuidores.
Dice el auto que «los posibles daños que se pudieran ocasionar a
las entidades recurrentes (en alusión a los exhibidores) no
derivarían de la aplicación del Decreto impugnado sino, justamente,
de su hipotético incumplimiento por las entidades
distribuidoras».
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