El director general de la Agencia Tributaria, Ignacio Ruíz-Jarabo,
explicó el procedimiento de embargo de los vehículos, recordó que
esta forma de cobro se utiliza desde hace tiempo y que la única
novedad es que el proceso se ha agilizado e informatizado y permite
aplicarse de forma masiva.
De la lista de 100.000 vehículos, 50.000 ya han sido embargados,
según indico Ruíz-Jarabo en declaraciones a los medios de
comunicación.
La primera intervención de las deudas tributarias o no tributarias
-cuando otras instituciones encargan la gestión de cobro a la
Agencia Tributaria- es la notificación de la deuda y de la
posibilidad del embargo de cuentas corrientes y sueldo, tras lo que
se establece el «periodo voluntario de pago».
Concluido este periodo, si el contribuyente no ha saldado la
deuda, se envía otra notificación en la que se le informa del
embargo de sus cuentas bancarias y sueldo como garantía de
pago.
Solo tras este procedimiento, y si el contribuyente no cumple
con sus obligaciones tributarias, se le envían otras dos
notificaciones, una primera en la que se le informa del embargo de
su vehículo y, en el caso de que la situación de impago se repita,
una segunda en la que se le hace saber que su coche va a ser
subastado.
«Por lo tanto antes de que el coche de un contribuyente salga a
subasta, éste habrá tenido al menos cuatro ocasiones para saldar la
deuda con Hacienda», apuntó tras agregar que, en el caso de que la
deuda sea el resultado de la suma de varias, las notificaciones se
multiplicarán por el número de deudas.
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