El Pleno del Congreso de los Diputados aprobó ayer, con 302 votos a
favor y una abstención, el proyecto de ley de reforma del Código
Penal y de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para dar mayor
protección a las víctimas de malos tratos y violencia doméstica.
Los grupos de la Cámara Baja llegaron finalmente a un consenso
después de que el pasado 15 de abril no saliera adelante por falta
de votos, que incluye como delito la violencia psíquica e introduce
la figura del alejamiento del agresor a su víctima.
Asimismo se establece la posibilidad de que el fiscal pueda
actuar de oficio sin necesidad de que haya denuncia por parte de la
víctima y se redefine la habitualidad en el maltrato que, de
acuerdo con el texto, existirá cuando haya reiteración en la
conducta sin necesidad de que haya sentencia judicial en procesos
anteriores.
En cuanto a las penas, se castigará con entre seis meses y tres
años de cárcel a quien habitualmente ejerza violencia física o
psíquica sobre su cónyuge o ex cónyuge, sobre la persona con quien
tenga o haya tenido relación afectiva, así como sobre los hijos,
ascendientes o incapaces que convivan con él.
También se perseguirá a quienes cometan acoso sexual a sus
compañeros de trabajo, no sólo a sus subordinados como establecía
hasta ahora la ley, y se protegerá al menor víctima de agresiones o
malos tratos, que podrán declarar en circuito cerrado de televisión
y sólo participarán en careos de forma excepcional.
Además, añade cuatro enmiendas introducidas por CiU en el Senado
para que los menores testigos de malos tratos no tengan que pasar
por una confrontación visual en los juicios.
Sin comentarios
Para comentar es necesario estar registrado en Ultima Hora
De momento no hay comentarios.