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El Consejo de Ministros aprobó ayer el anteproyecto de ley sobre el régimen jurídico básico de la tenencia de animales peligrosos, materia que hasta la fecha se venía regulando fundamentalmente a través de normas municipales. La nueva normativa tiene como objetivo regular además la importanción y cría de animales salvajes en cautividad, así como las condiciones para la posesión, comercio y adiestramiento de perros potencialmente peligrosos.

El texto ha sido remitido a la Comisión Nacional de la Administración Local, y será aprobado definitivamente a lo largo del mes de septiembre. La medida afecta a todos aquellos animales que, perteneciendo a la fauna salvaje, son utilizados como animales domésticos, de guarda, de protección o de compañía, y que con independencia de su agresividad pertencen a especies que pueden ocasionar muerte o lesiones.

El proyecto de ley regula igualmente la tenencia de animales pertenecientes a la especie canina que, incluídos dentro de una tipológía racial, pueden, por su envergadura y características, considerarse potencialmente peligrosos.

La posesión de estos animales estará sujeta a la obtención de una licencia administrativa que otorgarán los ayuntamientos, y al cumplimiento de una serie de requisitos entre los que se incluye la mayoría de edad, la inexistencia de antecedentes penales, la obtención de un certificado de aptitud psicológica y la formalización de un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros.