El Tribunal de Primera Instancia de la Unión Europea (UE) rechazó
ayer los recursos interpuestos por varias empresas contra la
directiva (ley) comunitaria que prohíbe la publicidad de los
productos de tabaco.
La directiva, aprobada en julio de 1998, prohíbe toda clase de
publicidad del tabaco a partir del 30 de julio del 2001, fecha
límite para que cada país de la UE incorpore la norma a su
ordenamiento jurídico. El Tribunal de Primera Instancia señala en
su auto que la medida que impugnan este grupo de empresas es un
acto normativo y no una decisión individual contra ellas y recuerda
que el Tratado comunitario «no prevé, para los particulares, ningún
recurso directo ante el juez comunitario contra la directivas».
El recurso había sido presentado por la empresa alemana
«Salamander AG», que fabrica zapatos bajo la marca de tabaco
«Camel»; la austriaca «Film City Revue» que tenía un contrato de
distribución exclusiva de publicidad de tabaco en su país, Davidoff
y Alma Media.
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