El Consejo de Ministros aprobó ayer un real decreto para regular
los aparatos de bronceado mediante rayos ultravioletas que tiene
como principal objetivo garantizar la salud de los usuarios, para
lo que se prohíbe su utilización a menores de 18 años y se
desaconseja a las embarazadas. La norma, que deberá aplicarse en
todas las comunidades autónomas en el plazo de seis meses desde su
entrada en vigor, obliga a los centros autorizados a informar sobre
los posibles efectos perjudiciales de los rayos y les prohíbe que
anuncien estos aparatos como beneficiosos para la salud.
El Ministerio de Sanidad y Consumo, autor del decreto, asegura
que la utilización abusiva de estos aparatos «puede provocar cáncer
de piel y dañar gravemente los ojos» y recuerda que ciertos
medicamentos y cosméticos aumentan la sensibilidad a las
radiaciones ultravioletas. En la normativa se exige que los centros
de bronceado presenten a los usuarios un documento de carácter
informativo sobre las posibles consecuencias, para que el usuario
lo firme y dé su conformidad.
Además, deberán tenerse en cuenta ciertas precauciones, como
utilizar siempre gafas de protección adecuada, retirar bien los
cosméticos antes de la exposición, no aplicar ningún filtro solar,
no someterse a los rayos cuando se toman medicamentos sin consultar
antes con el médico, no exponerse al sol y al aparato el mismo día
y respetar 48 horas entre las dos primeras exposiciones.
Sin comentarios
Para comentar es necesario estar registrado en Ultima Hora
De momento no hay comentarios.