El Código Penal castigará con penas de dos a cuatro años de prisión el secuestro de menores a manos de uno de sus progenitores, aunque contempla la exención de condena si se comunica el paradero del niño en 24 horas y una reducción de la misma en el caso de que se haga en el plazo de quince días. Así lo acordó ayer la Comisión de Justicia e Interior del Congreso, que aprobó por unanimidad una enmienda transaccional al dictámen de la ponencia de la proposición de ley de modificación de la Ley Orgánica del Código Penal y del Código Civil sobre la sustracción de menores.
Penas de 2 a 4 años de prisión a los padres que secuestren a sus hijos
El Código Penal contempla la exención de condena si se comunica el paradero
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