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La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en la que obliga a la ONCE a pagar un premio de 120.000 euros (20 millones de pesetas) a un hombre que compró cuatro cupones de un número premiado en un sorteo de junio de 2001 y que no pudo cobrar puesto que, según argumentaba, los había roto porque la persona que se los había vendido le había asegurado que no habían sido agraciados.

El alto tribunal estima el recurso interpuesto por el demandante contra la sentencia del Tribunal Superior de Madrid, quien desestimó su reclamación al entender que debería haber entregado los cupones para poder cobrar el premio que había obtenido, tal y como establece la normativa del sorteo del cupón de la ONCE. El Supremo se remite a otras resoluciones dictadas en casos similares, como en el de una persona que no pudo entregar los décimos porque había sido atracado o el de otra en el que los boletos se deterioraron al lavar la camisa en la que los guardó.