Criterios de aplicación.
A la hora de instar un desalojo, la normativa obliga a los propietarios a demostrar no solo un impago de alquiler o una okupación ilegal de un bien de su propiedad sino que no son grandes tenedores o que ese inmueble se destina a vivienda habitual. No basta con una declaración responsable sino que exige un certificado del Registro de la Propiedad, lo que encarece el procedimiento y crea dudas sobre qué pide exactamente el legislador. Tampoco ha contemplado la normativa ninguna disposición transitoria y buena parte de la aplicación queda en manos del uso que quieran hacer de la norma las distintas comunidades autónomas. El nuevo Govern ya ha anunciado que no la exprimirá a fondo. La confusión generada ha obligado a los jueces a acordar criterios comunes, algo que sería innecesario con una ley más clara.
Falta de medios.
Incluso con todas esas dudas que genera, sobre la normativa se aprecia una amenaza mayor: la falta de medios. Los juzgados están saturados y no pueden agilizar las demandas. Los organismos públicos que tienen que intervenir ahora de manera obligatoria ante un alzamiento, como las oficinas municipales, tardan meses en mediar y en buscar soluciones. Con esos mimbres, el efecto indeseado es que los propietarios desconfíen, eviten el alquiler, sean más restrictivos o suban los precios ante el riesgo.
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