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Que después de la sentencia del Tribunal Constitucional declarando la inconstitucionalidad de parte de un artículo del Real Decreto de 14 de marzo por el que se declaró el estado de alarma para la gestión de la crisis sanitaria de la COVID-19 no se haya producido la dimisión del presidente Sánchez y su gobierno, demuestra la falta de sensibilidad democrática del ejecutivo y la ausencia de una sociedad civil suficientemente crítica. Por el contrario, se ha tratado de olvidar la sentencia a marchas forzadas y, rápidamente se ha pasado a otras cosas. A lo que ha contribuido, sin duda, las vacaciones de verano. Poniendo de manifiesto que nuestras prioridades sociales son decepcionantes. El confinamiento, además de otros males, está viéndose que en no pocos casos ha generado una suerte de síndrome de la cabaña o de miedo a salir de casa, y quizás también el de Estocolmo. Pues todo se justifica, se explica, y se comprende… Todo se ha hecho por nuestro bien… Lo que resulta en sí otro daño colateral psicosocial.

La sentencia dictamina contundentemente que «La inconstitucionalidad se fundamenta en que las drásticas medidas han supuesto en la práctica, la suspensión del derecho a circular libremente, (…) esto es la cancelación temporal del ejercicio de este derecho. Y que esa suspensión solo está prevista para determinados derechos fundamentales, en los casos de estado de excepción o de sitio». Lo que no es del caso.

Muchos, en la gestión de la crisis, están quedando como Cagancho en Almagro. Sobre todo, quienes han defendido al gobierno con base en la pretendida bondad y eficacia de las medidas adoptadas; pues no han caído en la cuenta, si es que no lo han omitido deliberadamente, o han tratado de confundir sobre una cuestión técnico-jurídica compleja, que son las dictaduras los regímenes que buscan su legitimación en la eficacia de sus políticas, mientras que los gobiernos democráticos derivan su legitimación de ejercicio del respeto, en todo caso, del sistema jurídico. Por eso, precisamente, son Estados de derecho. Debiendo, para restringir o limitar derechos fundamentales, aplicar escrupulosamente la ley, no atajando con la pretensión de que se justifique la medida por su eficacia; la que, en nuestro caso, además, resulta muy discutible. En fin, no es raro que, en esas circunstancias, el gobierno quiera pasar la página rápidamente, no fuera cosa que quisiéramos releerla.