El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de dos meses de arresto impuesta a una mujer inglesa por impedir que su ex marido ejerciera el derecho de visita a las dos hijas de ambos, al estimar la existencia de un espacio judicial europeo común que afecta al derecho de familia. Diane S. fue condenada por la Audiencia de Palma a la pena citada y a una multa de 150.000 pesetas por un delito de desobediencia en noviembre de 1997. La Audiencia de Palma consideró probado que la madre incumplió reiteradamente el cumplimiento de las resoluciones judiciales en lo referente al régimen de visitas a favor del padre, al desplazarse y permanecer en Inglaterra junto con sus dos hijas durante distintos periodos de los años 1993 a 1996. Asimismo, en la resolución se advertía que no constaba que el padre hubiese cumplido íntegramente su obligación de pago mensual de la pensión alimenticia establecida en favor de las hijas, cuando menos desde enero de 1996.
El Supremo condena a una inglesa que se llevó a sus dos hijas de Mallorca
El Alto Tribunal señala la existencia de un espacio jurídico común europeo
Madrid05/08/99 0:00
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