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Trece años y seis meses de cárcel, y seis años de destierro de la localidad de Manacor es la condena que los jueces han impuesto a los hermanos Ramón y Manuel Orta Gámez, quienes protagonizaron un tiroteo contra tres personas con las que estaban enfrentadas. La sentencia, dictada por el tribunal de la Sección Segunda de la Audiencia de Palma, declara a los acusados culpables de dos delitos de intento de homicidio, y uno de tenencia ilícita de armas. Se les ha absuelto de otros dos delitos de intento de homicidio. Las acusaciones habían pedido 34 años de cárcel. Los hechos ocurrieron en el día 2 de marzo del pasado año en el cruce de Son Moix y en el tiroteo resultaron heridas dos personas: Manuel Santiago Heredia (cuñado de los dos acusados) y su esposa. El hombre sufrió una lesión en la mano al alcanzarle una bala rebotada. A su mujer, también de rebote, dos balas le pasaron rozando la cara y el cuello. Con ellos también estaba presente otro adulto, que estaba dentro del coche cuando ocurrió el tiroteo. No se ha demostrado la presencia de un menor en el lugar de los hechos.

El tribunal descarta que aquella noche la familia Santiago, representada en el juicio por el abogado Gaspar Oliver, estuviera casualmente en aquel cruce, aunque tampoco creen los jueces que planearan una emboscada contra los dos hermanos Orta. Las víctimas explicaron que se detuvieron en el cruce para orinar. Estaban junto a su coche cuando los dos acusados pasaron con otro vehículo y al cruzarse dispararon contra ellos. Ramón y Manuel Orta, defendidos por Fernando Mateas y Eduardo Valdivia, explicaron una versión muy distinta, y afirmaron que aquella noche habían quedado citados por Manuel Santiago en el cruce de Son Moix, y que éste les recibió con disparos. El tribunal cree que esta versión no es cierta por cuanto los heridos no dispararon, si bien en la sentencia reconoce que existe la sospecha de que tenían armas dentro del coche.