La sentencia ha sido redactada por el magistrado Diego Gómez Reino,
que la pasada semana presidió el juicio por la muerte de Aurelio
Blas González, que falleció en un apartamento de Can Tàpara al
recibir un puñalada en el corazón.
La joven fue juzgada por un jurado popular que, tras un día y
medio de liberación, le declaró culpable de un delito de homicidio.
El tribunal popular rechazó la acusación de asesinato que mantuvo
el fiscal (que solicitaba 15 años de cárcel al principio del
juicio) y llegó a la conclusión de que la joven no planeó la muerte
de su novio ni le atacó con el cuchillo cuando estaba dormido. El
jurado, además, aceptó que Paula Varela se encontraba en aquel
momento bajo los efectos del alcohol, situación que le supone una
atenuante.
El magistrado, de la Sección Primera de la Audiencia, ha
considerado, basándose lógicamente en la decisión del jurado, que
la condena adecuada por la gravedad de los hechos es la de siete
años de prisión. Tenía la posibilidad de imponer incluso una
condena de dos años y medio de cárcel (por la atenuante que aceptó
el jurado), pero ha impuesto la de siete años de prisión, uno menos
de lo que solicitaba el fiscal. El juez también establece una
indemnización económica para los herederos del fallecido, pero la
mujer ha sido declarada insolvente y no podrá hacer frente a esta
cantidad.
Los hechos se produjeron en el mes de septiembre de 1999. Blas
Aurelio González se había separado de su esposa, con la que tenía
dos hijas, para iniciar una relación de convivencia con Paula. La
mujer había venido a Mallorca a trabajar en la hostelería y lo
hacía en el mismo hotel que su novio.
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