La juez Francisca Ramis, del juzgado de lo Penal número siete de
Palma, ha dictado una sentencia absolutoria a favor de un
constructor, que trabajó como subcontratista de las obras del
aeropuerto de Son Sant Joan, que fue acusado de un delito fiscal.
La Fiscalía de Palma y la abogacía del Estado acusaron a este
empresario de no haber abonado el impuesto de IVA del año 95 y
reclamaron, además de dos años de cárcel, que abonara una multa de
casi 45 millones de pesetas. También pidieron que indemnizara a la
agencia tributaria con más de 22 millones de pesetas.
La juez, sin embargo, ha rechazado estas elevadas peticiones
económicas y ha aceptado la tesis que mantuvo el abogado defensor
Ignacio Forteza Rey. La agencia tributaria exigió el pago de unos
impuestos por una serie de facturas emitidas, que al mismo tiempo
eran certificaciones parciales de obras. Este empresario realizó
estas obras como subcontratista de la empresa Huarte, y una vez
concluido el trabajo emitió estas facturas. Sin embargo, la empresa
constructora fue declarada en suspensión de pagos y el acusado no
cobró las facturas, a pesar de que él había firmado las
certificaciones de obra.
El letrado Forteza Rey, y así lo ha creído también la juez,
sostuvo que la agencia tributaria no puede exigirle a un
constructor que pague los impuestos de una factura que no ha
cobrado, al margen de que haya firmado la certificación de obra. La
juez ha tenido mucho más en cuenta el peritaje realizado por la
defensa, que el que presentó Hacienda. Aunque el constructor
reconoció que no pagó impuestos (quedó casi en quiebra) , según
pudo demostrar su abogado, la cantidad defraudada no alcanza el
mínimo para que se considere delito fiscal. Por ello, la sentencia
es absolutoria y el constructor no debe pagar la multa.
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