Una sentencia, dictada por el Tribunal de la Sección Tercera de la
Audiencia, ha establecido que el Ajuntament de Palma indemnice a
una mujer que cayó como consecuencia de unas obras que se
realizaban en la vía pública, a petición de un particular, y que el
Consistorio autorizó. El tribunal fija la indemnización en dos
millones y medio de pesetas, pero se da la circunstancia que la
mujer que sufrió esta caída falleció antes de que la Justicia se
pronunciara sobre este demanda, que continuó defendiendo su hija.
Sin embargo, el tribunal no sólo condena al Ajuntament, sino que
establece que también deben responder de esta indemnización la
empresa constructora y el particular que realizaba las obras. Este
suceso ocurrió el día 4 de octubre de 1996 en la calle Font d'en
Baster, en Palma. El propietario de una vivienda pidió permiso para
realizar unas obras de acometida a la red de alcantarillado, que
fueron autorizadas. Estas obras motivaron que la acera fuera
levantada y se realizaran unas zanjas, que realizó la empresa
constructora.
La mujer, debido a que las obras no estaban lo suficientemente
señaladas, sufrió una caída, que le supuso permanecer un periodo de
baja y unas secuelas. Se da la circunstancia que la constructora
mantuvo que dio por terminadas las obras en el mes de julio, aunque
en la fecha del accidente las baldosas no estaban colocadas.
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