El Supremo ha anulado una sentencia dictada por el tribunal de la
Sección Primera de la Audiencia de Palma, en la que condenaba a
cinco personas por su relación con un kilo de cocaína intervenido
en un piso de la plaza del Mediterráneo. El tribunal condenaba a
tres de ellos a penas a cada uno de ocho años de prisión, y a los
otros los sentencia a cumplir tres años de reclusión. Sin embargo,
el Supremo, en una sentencia redactada por el magistrado José
Jiménez Villarejo, decide absolver a los acusados, al entender que
las pruebas que utilizó el tribunal de Palma para condenarle son
nulas.
Esta investigación la practicó la Guardia Civil. Intervino el
teléfono de varios sospechosos. El juez de instrucción, según
reconoce la sentencia, no mantuvo el suficiente control sobre estas
grabaciones e incluso, el tribunal de la Audiencia, reconoció que
esta prueba de la intervención telefónica era nula. Sin embargo,
los investigadores utilizaron la información para acudir, el día 26
de marzo de 1996, a un piso ocupado por dos familiares y encontrar
allí 977 gramos de cocaína de una alta pureza, droga que fue
valorada en más de cien mil euros. A partir de ese momento se
realizó una redada, en la que se detuvo a otras tres personas. Los
investigadores creían que se trataba de las personas que compraban
la droga a los dos familiares, para después distribuirla.
El tribunal de la Audiencia de Palma, según refleja la sentencia
del Supremo, aunque no valoró la intervención telefónica, si aceptó
como prueba válida la declaración «espontánea» de uno de los
detenidos, que reconoció que él sabía que la droga se guardaba en
su domicilio.
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