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Justo al revés: puño de seda en guante de hierro. El mismo Tribunal que condena a tres años de prisión y a nueve de inhabilitación como empleado público al médico de Artà que revisó datos privados de un colega, pide su indulto ante «la evidente desproporción entre la pena impuesta y la gravedad de los hechos».

La sección primera de la Audiencia Provincial considera probado que el Bartolomé B. G. entró dos veces en el historial clínico de otro médico del centro de salud de Artà. En ambas ocasiones aprovechó el sistema informático del IB-Salut para conocer el nombre del médico de cabecera de su compañero.

La sentencia reconoce que no está acreditado que entrase en su historial y que viera más datos que el de qué doctor le trataba. En su declaración, el acusado reconoció que había buscado esa información, ya que creía que el extraño comportamiento de su compañero se debía a un trastorno de salud y quería ver qué podía hacer. Según este testimonio, el espiado llegó a tapiar una de las puertas de su despacho por temor a que alguien entrara y le agrediera. La sentencia, cuyo ponente es el magistrado Carlos Izquierdo, razona que la identidad del médico de cabecera de cualquier persona «es un dato de carácter personal digno de protección, que no está a disposición de cualquier solicitante». En esa situación, la sala considera al acusado culpable y la sentencia afirma que: «La rigidez legal al establecer la penalidad del delito nos obliga a imponer la pena de prisión en la extensión mínima posible de 3 años y tres meses, lo que impide un adecuado juego del reproche que supone la pena atendiendo a las circunstancias propias del caso».

Ante esta situación, la sala solicita al Consejo de Ministros que indulte al acusado y le exima de tres cuartas partes de todas las penas impuestas. Como la sentencia aún no es firme, ya que es recurrible en casación ante el Supremo, la petición de indulto aún no es efectiva. La demanda del perdón que realiza la Audiencia no excluye que el propio acusado pudiera pedir una medida de gracia por su cuenta.

Además de la pena de cárcel y de la inhabilitación, la sentencia impone el pago de 1.200 euros de indemnización al doctor que espió para reparar los daños causados.