La sección cuarta del tribunal provincial ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por la cadena de supermercados y ha confirmado la sentencia dictada en marzo de 2014 por la jueza de Primera Instancia número 5 de Palma a favor de la mujer de 65 años que fue víctima de la caída.
La abogada del supermercado alegó que consideraba necesario que se probara la culpa o negligencia del titular del establecimiento y que hubiera omitido la diligencia exigible, cuando la entrada de la tienda donde se produjo el suceso está dotada del pavimento antideslizante que exige la normativa desde que abrió al público.
Reclamó que la caída fuera considerada «un hecho lesivo propio de los avatares de la vida».
En la sentencia, el tribunal asegura compartir la inquietud de la jueza de primera instancia en relación con el tipo de baldosa instalado en el lugar donde la mujer resbaló.
Señalan que el ensayo aportado por el supermercado identifica las baldosas con una denominación que no consta en las piezas colocadas, y añade además que en la ficha técnica de las mismas no figura el ángulo de deslizamiento.
El tribunal considera que existe una duda razonable de que la baldosa instalada en el establecimiento del barrio palmesano de los Hostalets cumpla la normativa en lo que atañe al antideslizamiento, duda que debería haber sido despejada por el supermercado.
Los jueces añaden que la mujer no sufría ninguna minusvalía o falta de estabilidad y cuando se cayó no consta que hubiera llovido o que se hubiera derramado alguna sustancia sobre el pavimento, de manera que «no se demuestran circunstancias propias de la persona, el tiempo o el lugar que justificasen la caída y fueran ajenas al propio embaldosado».
El tribunal destaca que pocos días después del accidente se hicieron obras en el acceso al supermercado, según varias fotografías aportadas a la causa, y la empresa propietaria del establecimiento no ha justificado el por qué de los trabajos.
5 comentarios
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Una buena aclaración de utilidad pública sería publicar el nombre de la cadena, aunque solo sea para advertir al público en general del riesgo que representa ser cliente de un establecimiento que tan perversamente pretende tratar con el cliente
A ver avispado, tengo que ir de la calle Aragon hasta la plaza España, pasando por Aragon, Gabriel Maura, Parque de las estaciones, según tu gran conocimiento del tema, que tipo de suela tengo que ponerme si contamos con las variables de distintas aceras, distintos alfaltos, distintos estados de la pintura del paso de peatones, la previsión del tiempo y que no llevaré más de 5 euros en la cartera?????, si es que lo ponéis a huevo.....
Me alegro por la señora, pero cuando ocurre el accidente y el culpable es el Ayuntamiento ... Mi amiga sufrió una caída por culpa de una acera en mal estado, se rompió los ligamentos del tobillo, hubo que hacer una operación y al medio año otra, ya que por mala suerte se enquistó la "cicatriz" del ligamento operado. Se dio parte al Ayuntamiento, se adjuntaron fotografías de cuando estaba la acera en mal estado y luego de su reparación. Hubo testigos de todo ello. Pues bien, tras casi seis años después y tras recurrir la sentencia volvió a salir el juicio, y la sentencia fue que se desestimaba la denuncia, ya que los testigos incurrieron en alguna contradición... Tras seis años!! como para acordarse a pies juntillas de lo que pasó hace tanto tiempo. Ah! y gracias tuvo que dar que no le hicieron pagar las costas porque dijeron que mi amiga no había actuado de mala fe... Distintos raseros. no?.
Demasiado CSI has visto tú, flipadete!!!
¿ Se tuvo en cuenta si la señora llevaba tacones o suela deslizante ? ¿ Tiene la ficha técnica de los zapatos ? ¿ Iba distraída la señora ? Vamos ya.........