Francisca Cortés "La Paca" y su hijo "El Ico", que estaban entre los principales acusados de abastecer de droga al poblado de Son Banya, sonríen al conocer la sentencia del caso Kabul por la que fueron absueltos. | Alejandro Sepúlveda

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El Tribunal Supremo (TS) ha ordenado este miércoles a la Audiencia de Palma rehacer la sentencia de mayo de 2013 en la que absolvió a 40 acusados del caso Kabul, el mayor proceso contra el narcotráfico de la historia de Balears, y tener en consideración en el nuevo fallo las escuchas telefónicas que juzgó nulas.

En una sentencia dada a conocer este miércoles, el TS ordena a la sección segunda del tribunal provincial que los mismos magistrados que absolvieron a Francisca Cortés Picazo, «la Paca», una de las responsables históricas del narcotráfico en Mallorca y otros 39 procesados por tráfico de drogas, vuelvan a dictar sentencia a la mayor brevedad posible.

Hace dos años, un tribunal presidido por el actual presidente de la Audiencia, Diego Gómez Reino, emitió una sentencia absolutoria para la gran mayoría de los acusados y condenó a otros 11 con penas de entre 3 y 7 años de cárcel por delitos contra la salud pública en 10 de los casos, y por tenencia ilícita de armas en otro.

Los magistrados entendieron entonces que las intervenciones telefónicas autorizadas por el juez instructor «constituían una medida de prospección», un criterio ahora que ha desechado el Tribunal Supremo.

El alto tribunal ha admitido los argumentos de la Fiscalía, que recurrió en casación contra la sentencia absolutoria, y además de ordenar a la Audiencia que valore las escuchas que descartó le insta a considerar las declaraciones personales y los hallazgos en los registros que se derivaron de las actuaciones policiales autorizadas por el juez instructor.

Los magistrados del Supremo entienden que los agentes de Policía responsables de la investigación de los delitos juzgados aportaron al juez instructor indicios suficientes para justificar la intervención de las comunicaciones de los sospechosos.

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«No existe irregularidad o déficit alguno en el hecho de que el oficio policial no fuese acompañado de documentos acreditativos de las vigilancias, informaciones, antecedentes, expresión de identidad de todos los agentes que intervinieron, cronología exacta de los seguimientos. (...) La veracidad o solidez del indicio no puede confundirse con su comprobación judicial», recoge la sentencia.

Además, indica el TS, «se comprueba mediante investigación patrimonial que poseen (varios de los acusados) bienes sin cobertura lícita aparente, incluso estando matriculados a su nombre vehículos por quien carece de permiso de conducción».

Por todo ello, el Supremo valida la actuación del juez instructor y ordena a la Audiencia que dicte una sentencia que tenga en cuenta las grabaciones de conversaciones entre los principales imputados que se desecharon en el juicio y las declaraciones y las pruebas derivadas de esas escuchas.

Dado que se va a dictar un nuevo fallo, el alto tribunal entiende que no tiene sentido pronunciarse sobre el resto de recursos de casación planteados contra la sentencia de la Audiencia por varios de los condenados.

«La Paca», antigua matriarca del poblado chabolista de Son Banya de Palma que está encarcelada por otros delitos, se enfrentó en el juicio del caso Kabul a una petición de pena de 19 años y medio de cárcel por diversas acusaciones en relación a una trama múltiple de tráfico de cocaína y heroína en Mallorca e Ibiza.

En el juicio, que se celebró de enero a abril de 2013 en unas dependencias especialmente habilitadas en el polígono de Son Rossinyol de Palma, la Fiscalía solicitó para los acusados penas que sumaban casi 700 años de prisión y multas que rondaban, en total, los 29 millones de euros.

Las penas que ha dejado en suspenso el Supremo, todas atenuadas por «dilaciones indebidas» en el proceso, suman 56 años y medio de cárcel y las multas ascienden a 4,4 millones de euros.