La procesada, Vanessa C.G., de 24 años, acudió entre el 22 y 23 de diciembre de 2016 hasta en cuatro ocasiones a un Comisaría de Policía y a los jugados de la capital grancanaria a denunciar que su expareja le estaba enviando graves amenazas a través de Facebook.
Como consecuencia de ello, el juzgado de guardia en la ciudad ordenó el día de Navidad el ingreso en prisión sin fianza del denunciado, que permaneció privado de libertad hasta el 31 de marzo, con dos consecuencias adicionales: le despidieron de su trabajo y no le permitieron seguir viviendo en la casa que tenía alquilada.
Sin embargo, la Policía descubrió al investigar el caso que uno de los mensajes que la mujer había recibido fue enviado cuando el supuesto autor estaba ya detenido en los calabozos, desde donde era materialmente imposible que hubiera subido a Facebook esa amenaza.
Y luego comprobó que todas las direcciones IP desde las que se habían subido a la red social los mensajes amenazantes estaban en ese momento asignadas al teléfono móvil de la denunciante.
Por ello, el Juzgado de lo Penal número 2 de Las Palmas de Gran Canaria considera probado que Vanessa C.G. se envió a sí misma todos los mensajes desde su propio móvil, usando una cuenta de Facebook que imitaba a la de su expareja con la intención de perjudicarlo.
La juez estima que todo ello la convierte en culpable de un delito de falso testimonio y se pregunta en su sentencia «qué mayores y graves consecuencias» hubiera tenido que soportar el denunciado «si se hubiera recibido uno de los mensajes cuando estaba detenido» en una Comisaría de Policía.
La sentencia precisa que el denunciado pudo recuperar su trabajo cuando todo se aclaró, pero «porque coincidió con personas que pudieron entender la situación y le dieron su voto de confianza».
La magistrada entiende que los tres meses que el afectado pasó en prisión, la pérdida temporal de su empleo, el hecho de que le quitaran su alquiler y la «frustración» de tener que defenderse ante una acusación de violencia machista, un ámbito «delicado y de mucha repercusión social», suponen además un daño moral que debe ser resarcido, por lo que condena a la acusada a pagar a su expareja una indemnización de 8.000 euros.
17 comentarios
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Las denuncias falsas son una plaga y solo se me ocurre una idea para acabar con ellas. Es sencillo. Una denuncia por un hecho verdadero supongamos que signifique una condena de 10 años. Una denuncia falsa debería llevar implícita la misma condena, o sea 10 años. Y sin necesidad de juicio, o sea, condena de oficio.
No puedo ni igualar los conocimientos de Penalista y él ya lo ha dicho todo lo bien que se puede decir, pero sí quiero añadir que este caso viene a evidenciar que en la llamada violencia machista adolecemos de una legislación penal totalitaria que debería ser depurada de inmediato.
Espero que los asquerosos del última hora no me censuren.que en España hay libertad de expresión.de verdad que saco de periódico.lo digo por los trabajadores.todo mi apoyo al chaval.y a la policia unas cuantas neuronas mas.para que les de por investigar un poco ,antes de meter a un inocente en la carcel.
Y pq no comprobaron las Ip al principio en lugar de creer a ka guarra esta
Penas mas duras para las denuncias falsas de violencia machista,asi se lo pensaran dos veces antes de denunciar tan a la ligera!!!
Como mujer que soy, me da mucha rabia lo que ha hecho esta mujer, ya que tira por el suelo la credibilidad de las que denuncian de manera honesta. A mi modo de ver, se deberían reformar las leyes, y que se condenen los falsos testimonios a la pena mínima de lo denunciado. Es decir, si a este chico se le hubiera podido condenar a un mínimo de 5 años, que ella sea condenada a 5 años. Así no se li tomarían tan a la ligera. Además, la cantidad de la indemnización me parece ridícula. 8000€ por perder tu casa, tu trabajo y 3 meses de tu vida no me parece justo.
El delito por denuncia falsa se castiga por un máximo de 2 años (art. 456 CP), y el de falso testimonio con 3 años (si es para condenar al acusado, art. 458 CP). Por tanto, yo soy el chico y recurro la sentencia (que no es firme) o, en su caso, recurriría la suspensión de la pena (que sólo es posible si se paga la responsabilidad civil derivada del delito) en base a las graves circunstancias derivadas del delito cometido. Sobre la indemnización, es sólo por los daños morales. Me extraña que no se haya pedido también la responsabilidad civil derivada del delito (en este caso, el lucrum cessans por perder el trabajo). Por último, la prisión preventiva necesita de acusación del fiscal y concurrencia de alguna causa tasada (como riesgo de volver a atentar contra la víctima). Y la prisión injusta conlleva responsabilidad patrimonial del Estado.
Si se investiga sen de verdad todas las denuncias falsas... Otro gallo cantaría.... Muchos casos y más en Palma...
La prisión preventiva es una medida cautelar extrema, pero algunos parece que eso no lo entienden.
Cojo..., primero lo enviamos a prisión preventiva y luego, si eso, ya investigaremos... Au, ya tenemos al "malo" en prisión preventiva, y los sres. policías tardan TRES MESES, en averiguar IPs, etc. Pues ES DE VERGÜENZA, que estáis jugando con un derecho fundamental de la persona, y que es su salud mental la que está en juego! (entre otras muchas cosas). Y luego, la tipa, no tiene ni prisión preventiva, ni pisará la prisión... Bueno, alguien tendrá remordimientos? No creo. Esto también es ESPELUZNANTE.