Según la sentencia, la Audiencia condena a Miguel Ángel D.B., de 63 años, por un delito de asesinato en grado de tentativa a diez años de prisión, además de imponerle una orden de alejamiento durante quince años y el pago de 25.200 euros a la víctima, que tiene 49 años de edad.
Los hechos ocurrieron el 8 de abril de 2017 sobre las diez menos cuarto de la noche, cuando Miguel Ángel se dirigió a una zona de bares de Lavapiés que sabía que su expareja frecuentaba y, cuando la localizó, la sujetó e inmovilizó sorprendiéndole por detrás.
Acto seguido, «con ánimo de acabar con su vida», Miguel Ángel asestó tres puñaladas a su víctima en el cuello con un cuchillo de cocina de 11 centímetros de hoja, sin que esta pudiera «reaccionar ni defenderse» y no se detuvo hasta que varias personas que estaban por la zona intervinieron, arrebatándole el arma y reteniéndole hasta que llegó la Policía.
Considera el tribunal, según la sentencia, que la intención de Miguel Ángel era acabar con la vida de su exnovia y no el de causarle una lesión como sostenía su defensa por el tipo de arma empleada, por la zona vital afectada y porque «si sólo le asestó tres cuchilladas fue por la rápida intervención de los testigos».
Añade que la víctima de, no recibir asistencia médico inmediata, habría muerto, aunque ahora debido a las lesiones sufre un «perjuicio estético moderado» por las tres cicatrices que le han quedado como secuelas.
El tribunal recuerda en la sentencia manifestaciones del propio condenado y que reprodujeron en el juicio algunos testigos como que el agresor aseguró que le daba igual todo, que «había hecho lo que tenía que hacer» e, incluso, que no se arrepentía porque lo que había hecho era para que aprendieran «ella, y todas».
El ahora condenado tenía una orden de alejamiento cautelar a esta víctima por una denuncia de violación, orden que había dejado de ser efectiva un día antes de que se produjeran los hechos, aunque Miguel Ángel no había sido notificado de tal absolución.
La defensa de Miguel Ángel pidió un atenuante de la pena por toxicomanía porque tenía un extenso historial clínico de drogadicción, pero la Sala considera que «no hay ninguna prueba de que el autor del delito tuviera alteradas de ninguna de las formas sus facultades volitivas y cognitivas».
Por todo ello, se condena a Miguel Ángel D.B. a diez años de prisión, una orden de alejamiento de quince años y el pago de 25.200 euros a la víctima y aunque contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación, este tribunal exige que se mantenga mientras tanto la prisión y la orden de alejamiento preventivas.
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