La sección tercera del tribunal provincial ha desestimado el recurso de apelación contra la condena a pagar dicha indemnización por daños y perjuicios dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 3 de Inca y la ha confirmado.
El accidente ocurrió el 14 de julio de 2012. Según el demandante, estaba practicando kitesurf en la bahía del Port de Pollença cuando el otro deportista perdió el control de su cometa y de su tabla e impactó contra él, arrollándole por la espalda.
El demandado niega la responsabilidad, asegura que él mantenía una línea recta en su trazada cuando el otro giró, entró en su trayectoria y se le echó encima. Añade que al cruzar por delante sin mirar, no pudo hacer nada para evitar la colisión a las altas velocidades a las que se desplazaban.
El juzgado dio la razón al demandante y condenó al otro a indemnizarle en virtud de un informe pericial que concluyó que el afectado navegaba a sotavento y tenía prioridad cuando fue alcanzado por el que estaba a sotavento, basándose en que sufrió una herida en la parte posterior de la pierna izquierda de la que deduce que fue alcanzado desde atrás y que ambos deportistas navegaban con el mismo rumbo.
El kitesurfista condenado recurrió alegando que la sentencia se basa solo en un informe pericial con datos limitados y no tiene en cuenta la declaración de un testigo. Considera que no se ha acreditado cómo sucedieron los hechos ni se le puede atribuir una actitud de imprudencia.
El tribunal señala que si bien el autor del informe pericial no se entrevistó con los implicados, llegó a una conclusión fundada «en un hecho objetivo: la localización de las lesiones y su gravedad», con un corte profundo en el gemelo de la pierna izquierda.
Según la sala, el demandado no ofrece ninguna explicación concreta de la forma en que, si fue el otro quien se abalanzó sobre él cambiando de sentido, pudo causarle una lesión en la parte trasera del a pierna.
Añade que un testigo dijo en el juicio que el kitesurfista demandado alcanzó al otro por detrás, y que el informe de auxilio de la Guardia Civil recoge que el demandado dijo tras el accidente que en ningún momento tuvo intención de hacerle daño «expresión que resulta contradictoria con la de considerarse como víctima del atropello», según la sala.
2 comentarios
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A este paso, pensarlo bien, habra que poner en el mar hasta semaforos. Que lastima
¡Anda! Como los vehículos, el que pega por detrás siempre tiene la culpa.