El titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Pamplona investiga una denuncia presentada por una mujer el pasado 8 de abril por un delito contra la libertad sexual, supuestamente cometido en la madrugada del día 5 en un piso de la calle Jarauta de la capital navarra.
Hasta el momento, en las diligencias judiciales, que no están declaradas secretas, están investigadas tres personas, que fueron detenidas el 11 y el 16 de abril por la Policía Nacional y que quedaron en libertad tras comparecer ante el juez de guardia, sin que se hayan decretado medidas cautelares.
Antes de presentar la denuncia, ha indicado el TSJN en un comunicado, la mujer acudió a un centro de salud, que activó el protocolo previsto en los casos de delitos contra la libertad sexual, motivo por el cual se personó en el lugar un médico forense para examinar a la víctima.
Asimismo, en el momento de la interposición de la denuncia, en las dependencias policiales se ofreció a la víctima la posibilidad de ser asistida por un abogado, lo que rechazó, así como por un psicólogo, una asistencia que aceptó y que recibió en la propia sede policial.
El TSJN ha subrayado que el magistrado que instruye la causa «quiere transmitir a la sociedad que las víctimas tienen derecho a su intimidad, a su propia imagen y a su dignidad», lo que implica que no es lícito revelar o publicar datos que puedan permitir su identificación, y tienen derecho además a esperar «un ejercicio razonable y respetuoso con dichos derechos de las libertades de información y de expresión».
De igual manera, el magistrado recuerda que la Constitución reconoce el derecho a la presunción de inocencia, así como el derecho a un juicio justo y con todas las garantías, lo que exige que otros derechos fundamentales «sean ejercidos con prudencia y profesionalidad y siempre dentro de los límites constitucionales y legales».
Finalmente, el instructor recuerda que, para garantizar los derechos, la Ley de Enjuiciamiento Criminal dispone que las diligencias de instrucción son siempre reservadas, lo que implica que no deben ser reveladas a terceros durante esta fase del proceso.
Revelar el contenido de las diligencias sumariales, subraya, aunque no se hayan declarado secretas, puede ser sancionado con multas de hasta 10.000 euros e, incluso, puede incurrir en un delito.
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