El magistrado dictó el pasado viernes la sentencia de conformidad que condena al acusado, con antecedentes penales, por «agarrarle el glúteo» con «intención de dar satisfacción a sus deseos sexuales» a la mujer que en precedía en el acceso al edificio de los juzgados de Arona, mientras ambos esperaban a pasar por el arco detector de metales. Según el fallo, el varón consumó su abuso «mientras sonreía» a la perjudicada. Esta denunció inmediatamente lo sucedido a la Policía.
Además de la condena penal, la sentencia impone al acusado la prohibición de aproximarse a la víctima y comunicarse con ella durante ocho meses.
Al tratarse de una sentencia de conformidad -al admitir la autoría y someterse a juicio rápido, el acusado se beneficia de una rebaja en la condena-, no es susceptible de recurso alguno.
4 comentarios
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Y no es un poco exagerada la condena?
JIm clar que si veritat? o es que desconeix que aixó acaba el assumpte a la primera instancia i no es perden mes temps i recursos que bona falta fan a la justicia, amb les apelacions posteriors que lastren els presupostos i que just son per determinats delictes i de rebot a mes si hi ha el mes minim incumpliment tenen consequencies, deixant apart que aquests tipus de delictes no impliquen entrar a la presó, excepte que cometin un segon delicte i una serie de casos tasats, es a dir que tampoc els ham de mantenir a la preso?
Esto de que por admitir el delito se beneficie de una rebaja en la condena.... no tendría que existir... es un insulto para el agredid@... y una palmadita en la espalda para el agresor.
Se han pasado con la condena