En un auto al que ha tenido acceso Efe, el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria 5 de Andalucía estima parcialmente el recurso presentado por la Fiscalía contra el tercer grado concedido a Rivas, una medida que le permitió el pasado 15 de junio salir del CIS al que se presentó para cumplir la condena ratificada por el Tribunal Supremo.
Vigilancia Penitenciaria señala que Rivas debe cumplir el tercer grado pero en la modalidad establecida en el artículo 82.1 del Reglamento Penitenciario, lo que implica el horario diario que establezca el CIS y poder salir solo dos fines de semana al mes.
Este auto, contra el que cabe recurso, también destaca la necesidad de que Rivas se someta a un programa de tratamiento específico «tendente a lograr la plena concienciación» sobre los derechos de la infancia.
Este programa pretende que Rivas, condenada a dos años y medio de cárcel por permanecer huida con sus hijos menores para no entregarlos a su expareja, el italiano Francesco Arcuri, comprenda el «escrupuloso respeto que debe presidir» toda actuación en las relaciones paterno filiales.
En la resolución, el juez señala que tras examinar todos los informes sobre Juana Rivas «nada se opone por ahora a la clasificación inicial en tercer grado de tratamiento».
Así, la junta de tratamiento señaló como factores de adaptación que era su primer delito, que fue ocasional y que ha solicitado el indulto, que el ingreso en prisión fue voluntario y que Rivas presenta buena conducta penitenciaria y cuenta con apoyo familiar.
«Hemos de convenir con el Ministerio Público en que existe una inusual premura en la clasificación, que ciertamente no es contraria a la ley y sería deseable se pudiese producir en todos los supuestos», expone el auto, que destaca algunas lagunas como la gravedad de los hechos, un delito de sustracción de menores.
Tampoco aparece en el informe que se trató de un delito que precisa de un alto grado de planificación y que fue cometido contra los derechos de la infancia y pluralidad de víctimas.
«Observamos del informe psicológico aportado que la asunción de la responsabilidad no excluye una falta de asunción del delito, se arrepiente del modo empleado dice el informe, lo que denota al menos una asunción muy deficitaria», resume el dictamen judicial.
El Juzgado argumenta así que se apueste por un tratamiento tendente a lograr la plena reeducación de la condenada y «su reinserción», sin olvidar el fin retributivo de la pena y los fines de prevención general.
Con estos datos, el auto propone por unanimidad clasificar a Juana Rivas en tercer grado de tratamiento en la modalidad de vida restringida.
Según ha informado el letrado de Rivas, Carlos Aránguez, ha conocido el contenido de este auto por una llamada telefónica.
Ha apuntado además que Juana Rivas «cumplirá rigurosamente» el auto y regresará al CIS del que salió el pasado 15 de junio mientras su letrado utiliza todas las vías legales posibles para «corregir» la situación.
Rivas permaneció cuatro días en el CIS para cumplir la condena impuesta por un delito de secuestro parental al no entregar a sus hijos al padre en el verano de 2017.
2 comentarios
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Cumplir la condena como todo hijo de vecino, la ley es la ley. Si no cumplimos con nuestros derechos ¿Que sentido tiene tenerlos? Depende si eres amigo de político o político te puedes librar como el caso de la directora de salud que encerró a menores de edad sin aplicar el Estado de sitio. Esta mujer tenía un deber de entregar sus hijos a su padre y le encasqueto una violencia de género en Italia que fue invalidada por un juez de Italia , cometiendo un DELITO de secuestro comunitario. No es impunible
He aquí otro caso de discriminación positiva hacia las mujeres... Secuestró a sus dos hijos pero la condenaron como si sólo hubiera secuestrado a uno, incumplió una orden judicial (no entregó a los niños al ex) y como si nada, ahora ya le piden el tercer grado y el indulto, salió por la tele dando un rodillazo en los huevos a un guardia civil (atentado a la autoridad) y pasan un tupido velo, y los periódicos usando eufemismos para describir los delitos que cometió poniéndose de parte de la delincuente. Ahora hagamos un esfuerzo e imaginemos que todo eso lo hubiese hecho el ex marido y no ella, ¿se le daría el mismo trato? Es una pregunta retórica que no hace falta contestar. Boom!