El 21 de junio de 2019, el Tribunal Supremo revocó la sentencia inicial del caso, emitida por la Audiencia de Navarra y confirmada por el Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN), elevando las penas de abuso sexual para los cinco acusados a 15 años de prisión por un delito continuado de violación con los agravantes específicos de trato vejatorio y actuación conjunta de dos o más personas, admitiendo así parcialmente los recursos de la Fiscalía, la víctima y las acusaciones populares que ejercieron el Ayuntamiento de Pamplona y el Gobierno de Navarra.
En prisión
Ese mismo año, cuatro de los condenados, en concreto José Ángel Prenda, Jesús Escudero, Ángel Boza y Alfonso Jesús Cabezuelo, fueron trasladados desde la prisión de Sevilla I, localizada en Mairena del Alcor, hasta las cárceles que les fueron asignadas para cumplir su condena, --Puerto III en el caso de Prenda; Huelva en el caso de Escudero; Albolote (Granada) en el caso de Boza y Topas (Salamanca) en el caso de Cabezuelo--.
Respecto a Antonio Manuel Guerrero Escudero, fue mantenido en la prisión Sevilla I, toda vez que el tribunal le condenó además a dos años adicionales de cárcel, un total de 17, como responsable del delito de robo con intimidación del teléfono móvil de la joven víctima de la agresión sexual de 2016.
Ya en 2020, el Tribunal Supremo resolvía que «no ha lugar» al recurso de casación interpuesto por la defensa de Antonio Manuel Guerrero Escudero y Alfonso Jesús Cabezuelo, el primero ex guardia civil y el segundo ex militar; contra la sentencia paralela del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) que confirma la condena adicional a tres años y tres meses de prisión y 5.670 euros de multa impuesta a ambos por la Sección Segunda de la Audiencia de Navarra, por un delito contra la intimidad por los vídeos y fotografías que tomaron de la violación grupal objeto de su condena inicial.
José Ángel Prenda, además, es uno de los cuatro miembros de este grupo de WhatsApp condenados en 2020 por el Juzgado de lo Penal número 1 de Córdoba, por abusar sexualmente en mayo de 2016 de una joven en la localidad de Pozoblanco y grabar los hechos con un teléfono móvil propiedad de uno de ellos.
En concreto, este encartado fue condenado a cuatro años y seis meses de prisión al considerar probado el tribunal que fue quien difundió las imágenes grabadas a través de dos grupos de WhatsApp de los que formaban parte tanto los investigados, como terceras personas ajenas a los hechos enjuiciados.
7 comentarios
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Si ahora admite ser culpable es por la presión de verse tantos años en la trena y porque espera una reducción de condena. No importa que seas inocente cuando ves que saldrás de prisión siendo viejo. Admites lo que sea.
Si hubiera habido mas farolas...
No le considero un criminal por lo de Pamplona (cientos de folios publicados hay para interpretarlo racionalmente ), sí un hortera y un vividor peor que la bazofia. Desde ahora, un hipócrita. Quién no se defiende hasta el final, merece hasta el último día de condena.
penas muy laxas para estos animales ....ahora muestran este arrepentimiento para acceder a los beneficios penitenciarios ....
dsalva9Efectivamente, mostrar "arrepentimiento" es uno de los requisitos básicos para obtener permisos y demás. Bien aleccionado por sus defensores, presuntamente, habrá empezado a "sembrar" ... Menudo "prenda" !!
Basta ver como incide en que este 'arrepentimiento' se ponga en su expediente para saber la motivación. No esta arrepentido, y probablemente no este de acuerdo con la sentencia, pero ya esta ahi y si hace esto saldra antes.