Un vecino de Torrevieja (Alicante) se enfrenta a una petición de pena de tres años y seis meses de cárcel por difundir a través de un conocido foro de Internet la imagen frontal del DNI de la víctima de la violación grupal cometida por La Manada durante los Sanfermines de 2016.
El Juzgado de Instrucción número 2 de Torrevieja ha dictado auto de apertura de juicio contra este individuo y ha remitido la causa al decanato del Palacio de Justicia de Orihuela para que se produzca su reparto entre los juzgados de lo Penal de ese partido judicial.
La acusación particular ejercida por la víctima de la violación considera al procesado responsable de un delito contra la integridad moral, en concurso con otro de revelación de secretos y contra la intimidad personal, por el que solicita que se le condene a tres años, seis meses y un día de privación de libertad.
De modo alternativo, esta acusación ejercida por la letrada Teresa Hermida propone que se le imponga una pena de dos años y un día de prisión, además de multa de 18 meses a razón de 15 euros diarios, como autor del mismo delito en las mismas circunstancias.
La difusión de la imagen del documento de identidad se produjo el 1 de mayo de 2018, dos años después de que tuviese lugar la agresión sexual contra la joven de 18 años, quien viajó desde Madrid a Pamplona para participar en las fiestas.
La violación tuvo lugar el 7 de julio de 2016 cuando cinco jóvenes sevillanos que se hacían llamar La Manada y que habían acudido a Pamplona a celebrar los Sanfermines acorralaron a la chica en el portal de una vivienda y cometieron sobre ella todo tipo de prácticas sexuales mientras lo grababan con sus teléfonos.
La Audiencia de Navarra condenó dos años después a cada uno de los cinco agresores a nueve años de prisión por un delito de abuso sexual pero no de violación, lo que causó importantes protestas bajo lemas como «Solo sí es sí».
Tras el recurso de la Fiscalía General del Estado, el Tribunal Supremo elevó en 2019 las penas a los cinco condenados hasta los 15 años al sentenciar que sí cometieron un delito continuado de violación y no un abuso sexual.
La ola de protestas de esta violación grupal y de la primera sentencia ha contribuido, cinco años después, a la reforma del Código Penal con la eliminación del delito de abuso sexual que contempla la ley del «Solo sí es sí».
1 comentario
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El acorralamiento no se derva de los hechos relatados. Se puede formular una interpretación de unos hechos. Pero los hechos en sí mismos se atienden a su propia naturaleza. Muchos años me parecen (en un Estado de derecho, en el régimen pijoprogre , todo es posible)