La Sala de lo Militar ha dictado una sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, en la que desestima el recurso de casación del oficial contra la resolución del Tribunal Militar Territorial Cuarto, por la que se le condenó por un delito consumado contra el patrimonio en el ámbito militar.
El tribunal también ratifica la suspensión de empleo del teniente del Cuerpo de Especialistas del Ejército de Tierra así como el pago de 7.752 euros como responsabilidad civil.
Los hechos ocurrieron entre mayo y noviembre de 2017 cuando el teniente estaba destinado en la Residencia Militar Logística de San Sebastián (Guipúzcoa) con funciones de administrador/habilitado.
Justo hacía un mes que se había implantado el Sistema de Gestión de Residencias (SIGERES), una aplicación informática que permite a los usuarios realizar reservas de habitaciones y facturar sus estancias, y que convive con las reservas telefónicas y postales.
Dicho sistema fue gestionado en exclusiva por el condenado desde su implantación hasta la incorporación meses más tarde de un coronel como nuevo director de la residencia, que nada más familiarizarse con este sistema empezó a observar irregularidades.
En concreto, anulación de facturas debido a la no presentación de algún usuario de la residencia, que no se deberían haber anulado, pues, el director, por conocer personalmente a alguno de estos usuarios, constató que habían dormido en la residencia.
Se dio cuenta así de que el teniente había introducido en el sistema datos que no se correspondían con la realidad, sobre la anulación de facturas y desaparición de las mismas en soporte papel.
El coronel también apreció que al personal que no usaba la aplicación informática para alojarse, se le expedía una factura en papel con un número aleatorio que después no se presentaba en la contabilidad de la residencia ni se registraba en los equipos, siendo borrados estos archivos, así como la ficha del usuario
De manera que el condenado «no ingresó en la cuenta de la residencia las cantidades pagadas por estos usuarios, ni justificó la realización de ningún gasto realizado con dichas cantidades», que fueron de 7.752 euros desde mayo hasta noviembre de 2017, cuando el coronel se entrevistó con él tras percatarse de su actuación.
El superior le explicó «que se había dado cuenta de que se habían anulado facturas y que ese dinero correspondía al dinero de la residencia», a lo que el condenado reconoció que había utilizado ese dinero para usos particulares sin dar más detalles.
Tras ello, entregó dos sobres, uno con 354 euros por las facturas anuladas en noviembre y otro con 2.400 euros en concepto de devolución a caja, sin llegar a aclarar el motivo de esa cantidad.
Tanto en el juicio como en su recurso, el teniente reconoció abiertamente no haber anotado en la facturación importantes sumas de dinero correspondientes al precio pagado por los usuarios de las habitaciones, ni haber ingresado dichas cantidades en caja.
Pero sostuvo que empleó el dinero para adquirir mobiliario y enseres, si bien el Supremo no le da credibilidad ya que no ha acreditado la documentación de las compras de los televisores o pequeños frigoríficos que dice compró para las habitaciones.
El Supremo no duda y manifiesta que «resulta plenamente razonable concluir que el recurrente se apropió del dinero que, de manera reiterada y durante un largo período de tiempo, había ido detrayendo de la facturación oficial de la Residencia, incorporándolo a su patrimonio personal».
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