«Las víctimas, adolescentes y niñas en el momento de los hechos, no tenían por qué entender que un roce, tocamiento o caricia de uno de sus profesores pasaba los límites entrando en el terreno del abuso o de la coacción», indica la sentencia, que aprecia «un error de derecho en la calificación jurídica» de la Audiencia.
Las zonas en la que se produjeron los tocamientos del hombre sobre las estudiantes fueron la espalda, cuello, hombros, rodillas, piernas y la parte baja del muslo. «Estas partes del cuerpo no constituyen zonas erógenas ni tampoco podemos tildarlas de sus proximidades», señala el fallo de la Sala de lo Civil y Penal, que reprocha al docente su conducta:«Lo buscado por el condenado era satisfacer su deseo sexual con el contacto directo sobre el cuerpo de las menores».
ElTSJIB declara probado que el hombre aprovechó su condición de profesor de Matemáticas titular de 2º de ESO, y de apoyo en 1º, 2º y 4º, para desarrollar «conductas del todo inapropiadas» con las menores, de entre 12 y 17 años, a las que impartía clases.
El acusado realizó tocamientos en cintura, rodilla, pechos, piernas y hombros que provocó en muchas de las chicas «gran incomodidad» y la queja ante sus tutoras y la dirección del colegio. El hombre reconoció en el juicio el pasado junio que tocó a las niñas, pero negó que tuviera ningún tipo de ánimo sexual.
El TSJIB sostiene que ha quedado acreditado que realizó tocamientos a las menores, pero «no fueron tan intensos» como para ser constitutivos de delitos de abusos sexuales continuados.