La sesión ha comenzado con la reproducción de una serie de notas de voz remitidas vía WhatsApp por el acusado a su hija, de entonces unos 20 años de edad, precisamente después de cometer el crimen. «La he matado. Me la he cargado. La tengo aquí muerta. Me ha tocado tanto los huevos que la he asfixiado hasta matarla. La he estrangulado con mi camiseta», exponía el acusado en estas notas de voz en las que pedía a su hija que acudiese a la vivienda de la víctima porque necesitaba «ayuda» para solucionar la situación. «No me voy a comer 15 años por esta mierda», asevera varias veces el acusado en otros de los audios, pidiendo a su hija que no contase «nada a nadie» y reclamándole que se trasladase hasta la citada vivienda y le prestase «ayuda» para «inventar cualquier cosa». Y es que según una de las notas de voz, estaba «acojonado» ante la situación, ante la cual su hija le aconsejaba en otras notas de voz también reproducidas en la vista oral que se entregase a la Policía, planteamiento rechazado por el inculpado en otras de las notas de voz.
Ante estas notas de voz, Francisco Manuel Prados Bernardinos, «culpable confeso» del crimen según ha precisado su abogada defensora, ha reconocido que la voz que suena en las mismas es la suya, pero se ha desligado de «esas barbaridades» contenidas en los audios legando que aquella noche «estaba borracho». El acusado, que se ha negado a contestar preguntas del fiscal y sólo ha respondido a su abogada defensora, ha narrado que mantenía relaciones sexuales con la exesposa de su tío a cambio de dinero, toda vez que la mujer, de 67 años y conocida como «Cuqui», sufría una enfermedad degenerativa y precisaba de una silla de ruedas para desplazamientos mínimos, teniendo reconocido un 86 por ciento de minusvalía y padeciendo además trastornos psicóticos.
En ese sentido, el acusado ha admitido que mantenía relaciones sexuales con esta mujer que había sido su tía, a cambio de 30 euros por ocasión, explicando que la mañana del día 26 de mayo de 2021 la víctima contactó con él vía WhatsApp para acordar una cita en un bar, al que acudió tras haber bebido ya «dos litros» de cerveza, pues es «alcohólico desde los 19 años» y además por aquella época consumía cocaína y hachís, según sus palabras. Francisco Manuel Prados ha narrado que durante la jornada tuvo diversos encuentros con la víctima, a la par que continuaba consumiendo alcohol, manifestado que la mujer le «atosigaba» y que por su insistencia y sus insultos le tenía «atacado de los nervios», incluso cuando estaba tomando medicamentos contra la ansiedad.
Entre otros aspectos, ha señalado que ella trasladaba a sus amistades que él era «su novio», extremo que él no compartía. Tras narrar los encuentros de aquella jornada, en los que la mujer le habría insultado con descalificaciones como «cabrón» o «hijo de puta», según el acusado, quien ha destacado que él seguía bebiendo más cerveza e incluso fumó «medio porro»; ha rememorado que ya entre la medianoche y la una de la madrugada del día 27 de mayo, ambos estaban «en la cama» de ella realizándose «tocamientos», cuando él se levantó y decidió marcharse. Ello, eso sí, tras consular a su abogada defensora «qué versión» debía explicar.
En ese momento, según su relato, la mujer se habría levantado de la cama y habría caminado hacia él para agarrarle «del chándal» y arrebatarle el teléfono móvil, al tiempo que le insultaba y no paraba de «chillar». Entonces, según ha dicho el acusado, cogió su propia camiseta y la puso alrededor del cuello de la víctima. «Yo sólo quería que se callara. Yo estaba de los nervios», ha asegurado reconociendo que estranguló a la mujer. Ello, insistiendo en que desde la mañana había tomado «ocho, nueve o diez litros de cerveza» y «tres o cuatro» comprimidos de un fármaco contra la ansiedad. Finalmente, el acusado ha asegurado que se arrepiente «desde el primer momento» de los hechos, por los cuales la Fiscalía reclama para él 25 años de cárcel por un delito de asesinato, mientras su abogada defensora ha explicado al jurado popular la diferencia entre dicho delito y el de homicidio, en el que no concurren los requisitos de «dolo, alevosía o ensañamiento» y penado con entre diez y 15 años de prisión.
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