Un hombre de 34 años ha aceptado este martes una condena de dos años de cárcel por abusar sexualmente de una mujer aprovechando que estaba ebria.
La defensa del procesado y las acusaciones han alcanzado un acuerdo en la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Baleares, de manera que el hombre ha reconocido los hechos y ha asumido un delito de abuso sexual con acceso carnal.
Así, el hombre ha reconocido que, en julio de 2021, estando en un domicilio de Palma, siguió a la víctima a una habitación y se tumbó en la misma cama, realizándole tocamientos íntimos sin el consentimiento de la perjudicada, que ha sufrido secuelas psicológicas por ello.
El hombre ha pagado una indemnización de 15.000 euros en favor de la víctima, por lo que se ha apreciado una atenuante de reparación del daño. Además de la pena de cárcel, se le impone una orden de alejamiento de 500 metros durante cinco años y una medida de libertad vigilada durante tres años y medio.
Con todo, el hombre no ingresará en prisión porque se le ha concedido el beneficio de la suspensión de la pena durante cuatro años.
2 comentarios
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Código Penal español, el más simple del mundo. Hurto de un mechero: Dos años de cárcel. Bomba en un supermercado: Dos años de cárcel. Violación a una discapacitada. Dos años de cárcel. Accidente múltiple con chófer ebrio y drogado hasta las cejas: Dos años de cárcel......
Lo dicho, consentimiento previo por escrito, con detalle de toda la "operativa" a realizar. Y desde la operación "Rabocop" imprescindible mandar un conocimiento informado adjuntando CCVV de susodicho (con acuse de recibo) e indicando profesión, estado civil, ingresos anuales, propiedades, intenciones hacia la otra parte, para evitar futuras denuncias de abusos por "desconocimiento". Luego notario para dar fe del estricto cumplimiento de lo acordado previamente y de las modificaciones que puedan surgir. En ausencia de notario se acepta "gopro" (cámara en la frente), para que quede registrado todo el acto. Y a pesar de estos requisitos sólo queda confiar en la buena fe de la otra parte, ya que dado el "hermana yo sí te creo" y en aplicación de la ley de Viogen y del Sí es Sí, cualquier otra prueba quedará invalidad ante un tribunal. Disfruten de lo votado.