Un juzgado de lo Penal de Palma condenó este lunes a una mujer, nacida en Venezuela, a cuatro años y medio de internamiento por agredir a tres trabajadoras del hospital psiquiátrico de la capital balear en octubre de 2020. La acusada, de 38 años, a través de videoconferencia dio el visto bueno al acuerdo alcanzado por su abogada con la acusación particular y la Fiscalía antes de iniciarse la vista.
La procesada, que está ya cumpliendo pena por otro episodio de agresión a un familiar, tendrá que indemnizar a las empleadas del centro con 1026 euros en total. La jueza le apreció la eximente completa de anomalía psíquica.
Incapaz
La ahora condenada fue declarada incapaz por un juzgado de Primera Instancia de Eivissa en mayo de 2019. Meses después se decidió su traslado, bajo la tutela de una fundación, al hospital psiquiátrico de Palma. La primera agresión se produjo el día 20 de octubre. Sobre las 18.00 horas agarró por detrás de la cabeza a una psiquiatra de dicho centro, a la que provocó una cervicodorsalgia postraumátrica. Apenas dos días más tarde, minutos antes de las 21.00 horas, agarró fuertemente del pelo y comenzó a darle tirones a una técnico auxiliar. Dicha empleada sufrió un esguince cervical. El último episodio enjuiciado ayer tuvo lugar la mañana del día 25, también en octubre de 2020. Esta vez tiró al suelo a una auxiliar del hospital, tras cogerla del pelo, y la golpeó varias veces, causándole policontusiones.
En el momento de los hechos la acusada padecía esquizofrenia paranoide con ideación irreductible de perjuicio contra su madre que afectaban totalmente sus facultades cognitivas y volitivas, que le impedían entender lo que hacía. La procesada deberá indemnizar a la primera perjudicada en 448,70 euros, en 380,70 a la segunda y en 156,60 a la última de las víctimas.
Inicialmente el Ministerio Fiscal solicitaba tres años de internamiento en un centro psiquiátrico por cada uno de los tres delitos de atentado a funcionario público y tres leves de lesiones. Tras el acuerdo de conformidad, la condena se vio reducida a la mitad. Asimismo también deberá continuar con el tratamiento médico que sigue a día de hoy. La jueza dictó sentencia en el acto.
1 comentario
Para comentar es necesario estar registrado en Ultima Hora
Vamos a ver, si la agresora padece esquizofrenia paranoide es inimputable a los efectos penales, y ello porque no es consciente de sus actos. No existe dolo ni imprudencia por la paciente y si por la administración pública al no tomar medidas de contención (culpa in vigilando). La indemnización a los agredidos la debería pagar la propia administración pública a través de la figura de la responsabilidad patrimonial de la administración.